La resolución afecta a Óscar Diosnel Villar Bobadilla, condenado a 30 años de prisión y 10 años de medidas de seguridad; Leonardo Alfonso López Carballo, con pena de 25 años de cárcel y 10 años de medidas de seguridad; y Cristian Mareco, a 20 años de encierro, más 5 años de mediadas de seguridad.
Fue fallo unánime de los ministros Manuel Ramírez Candia, Luis María Benítez Riera y María Carolina Llanes, quienes declararon admisible el estudio del recurso, hicieron lugar a la casación y ratificaron las penas.
El defensor Público Christian Peralta, por la defensa de los tres procesados, recurrió la resolución dictada por el Tribunal de Apelación Penal de San Pedro, del 9 de marzo del 2023, que confirmó la sentencia dictada el 21 de julio de 2022, en juicio oral.
Cuestionó que haya habido varias suspensiones, que se hacían pasar por recesos diarios. También que la sentencia no fundamentó el porqué se realizaron las audiencias testificales en forma telemática; que el reconocimiento de personas se hizo sin respetar las formas procesales.
Igualmente, cuestionó la falta de fundamentación, la valoración de la prueba ilegal, la falta de análisis sobre la tipicidad y, finalmente, que se debían aplicar las reglas de la atenuación de las penas.
EL FALLO. La Corte solo estudió los dos últimos puntos, mientras que las demás no fueron correctamente argumentadas por la defensa.
Así, señala que Óscar Villar fue visto cortar cabezas de las víctimas, actos descritos como una “bestialidad” por los testigos. Además, participó en la quema de personas para incrementar el sufrimiento de las víctimas.
Leonardo López aplicó golpes de machete a la cabeza de Mario Alfonzo en dos oportunidades, además de participar en la toma de las armas blancas y de fuego para atacar a sus rivales hasta concretar la muerte por degollamiento y decapitación.
Finalmente, Cristian Mareco fue cómplice de los crímenes, ya que aportó seguridad a los autores del crimen para evitar que las víctimas pudieran defenderse. Así, fueron hallados culpables de homicidio doloso agravado y motín de internos.
Los ministros dicen que hay que admitir la casación y rectificar la sentencia en su fundamentación, pero hay que confirmar las penas aplicadas a los tres reclusos. En abril, la Corte había confirmado las penas a otros cuatro reclusos.