La Sala Constitucional de la Corte suspendió los efectos del artículo 1º de la ley que reglamenta la declaración jurada, con lo que las empresas proveedoras del Estado no tendrán la obligación de presentar sus respectivas declaraciones juradas.
Ante el Máximo Tribunal de país se presentaron más de 70 acciones contra la Ley 6.355 que modifica varios artículos de la Ley de Declaración Jurada, donde dispone que todos los que comercian con el Estado están obligados a presentar las suyas.
Los ministros de la Corte, Gladys Ester Bareiro de Módica, Antonio Fretes y Manuel Dejesús Ramírez dieron trámite a la acción de inconstitucionalidad promovida por algunas empresas que están en contra de la presentación de declaración jurada de bienes.
De las acciones, la Corte ya dictó resoluciones en unas diez de ellas, donde suspende los efectos de la ley atacada, mientras estudia el fondo de la cuestión.

Además, le dio trámite a los pedidos y corrió vista a la fiscala general del Estado, Sandra Quiñónez.
Antecedente
Unas 35 empresas proveedoras del Estado habían planteado acciones de inconstitucionalidad ante la Corte Suprema en contra de las declaraciones juradas.
Las acciones presentadas semanas atrás, atacan la Ley 6355, que modifica los artículos 1, 2, 4, 7, 13 y 21 de la ley que reglamenta el artículo 104 de la Constitución Nacional sobre la declaración jurada de bienes y rentas, activos y pasivos de los funcionarios públicos. Habían señalado que la Ley 6355 vulnera los artículos 9, de la libertad y seguridad de las personas; 107, de la libertad de concurrencia; 46 y 47, de la igualdad ante la ley y de las garantías de igualdad; y el 33, del derecho a la intimidad, entre otros.