El presidente de la República, Mario Abdo Benítez, emitió el Decreto 3525, por el cual se oficializa la ampliación de la cuarentena sanitaria por una semana más, tal y como lo había anunciado.
Asimismo, dispuso nuevas medidas restrictivas, entre ellas que los vehículos con chapa impar podrán circular solo los días lunes, miércoles, viernes y domingos, en tanto que los demás podrán hacerlo los días martes, jueves y sábados por el periodo que dure la cuarentena.
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Así también, se garantiza el servicio de transporte público de pasajeros, mientras que el uso de mascarillas en los ómnibus será obligatorio.
Entre tanto, las manifestaciones y documentos presentados por las personas en los controles, como certificados de trabajo, tendrán carácter de declaración jurada a los efectos legales en caso de que sean falsos.
Sectores exceptuados de la medida
- Autoridades nacionales, departamentales y municipales, autoridades diplomáticas y representantes de organismos internacionales para el ejercicio de sus funciones impostergables; servicios de salud públicos y privados, servicios de mantenimiento preventivo y de urgencia de equipos médicos y hospitalarios; personal de Salud, Fuerzas Militares y Policiales.
- Las personas que deban asistir a otras con discapacidad, a adultos mayores, niños y adolescentes.
- Trabajadores de medios de comunicación para la prestación de sus servicios.
- Supermercados, despensas, farmacias y la cadena logística para la provisión y producción de los alimentos y fármacos. Así como los servicios de veterinarias para casos de urgencias.
- Mantenimiento de los servicios básicos (agua, electricidad, comunicaciones) y de emergencias, con el personal mínimo necesario para su funcionamiento.
- Servicios funerarios, con las restricciones en el marco del aislamiento general (cuarentena).
- Las personas afectadas a las obras públicas; y a las civiles, debiendo estas últimas activar por turnos al 50% de su fuerza laboral, rotando la asistencia y aplicando los controles sanitarios vigentes, así como su cadena logística, preservando el distanciamiento social.
- Servicios de entrega a domicilio (delivery) a partir de las 5:00 hasta las 23:00, salvo las farmacias que atienden las 24 horas.
- Recolección, transporte y tratamiento de residuos sólidos; así como residuos generados en establecimientos de salud y ames.
- Estaciones expendedoras de combustibles y distribuidores de garrafas de gas, a partir de las 5:00 hasta las 23:00.
- Todas aquellas actividades que el Banco Central disponga imprescindibles para garantizar el funcionamiento del sistema bancario y financiero.
- Cadena logística (puertos, aeropuertos, buques fluviales, líneas marítimas, transporte terrestre de carga). Servicios aduaneros de carga y descarga de mercaderías.
- La producción agropecuaria, avícola, pesquera y forestal, así como la logística de provisión de insumos, máquinas y servicios de asistencia a las mismas.
- Servicios esenciales de vigilancia, limpieza, guardia, hospedaje.
Todas las empresas exceptuadas deberán adoptar los máximos recaudos de prevención y cuidados sanitarios indicados por el Ministerio de Salud Pública y Bienestar Social y el protocolo respectivo del Ministerio del Trabajo, Empleo y Seguridad Social.
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En un principio, la cuarentena se cumpliría el 12 de abril, pero finalmente el titular del Poder Ejecutivo dispuso que la medida se extienda una semana más.
Esto, debido a que Salud estima que el pico más alto de contagios podría registrarse este fin de mes, además de la necesidad de ganar tiempo para seguir equipando el sistema sanitario.
A la fecha, la cifra de fallecidos por el coronavirus se mantiene en cinco y los casos confirmados llegan ya a 124.