El Poder Ejecutivo promulgó el Decreto 4115/20, por el cual se establecen nuevas medidas en el marco del plan de levantamiento gradual de aislamiento preventivo general por la pandemia del coronavirus (Covid-19).
Pese a la eliminación de fases, las restricciones continuarán, aunque se incluyen nuevas disposiciones, como la circulación de 5.00 a 23.59 en todo el territorio nacional para actividades dispuestas en el presente decreto.
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Asimismo, se habilitan los eventos sociales en espacios públicos y privados, respetando los dos metros entre las personas y cuya cantidad, modalidades y formas serán reguladas por el Ministerio de Salud, a través de un calendario de reactivación económica y laboral.
De igual manera, los encuentros en residencias particulares podrán realizarse con hasta 12 personas, incluidas el núcleo que reside en el lugar y guardando las medidas de protección establecidas por la cartera sanitaria.
Entre otras cosas, se permiten todos los servicios profesionales y no profesionales que se realicen en el domicilio particular o laboral del cliente.
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También, los actos de culto podrán realizarse con hasta 50 personas y respetando el distanciamiento de 2 metros entre los asistentes. Las clases presenciales continuarán suspendidas en todos los niveles.
Finalmente, ya no se restringe la venta de bebidas alcohólicas, como sí establecían los anteriores decretos.
Medidas establecidas en el Decreto 4115
- Uso obligatorio de tapabocas en lugares cerrados, en la vía pública, en el transporte público y aquellos lugares donde no se pueda mantener el distanciamiento físico.
- Comercios no esenciales podrán operar sin habilitar áreas comunes, de 5.00 a 23.59.
- Locales gastronómicos podrán operar de 5.00 a 23.59, con agendamiento previo, reserva de mesa y registro individualizado.
- No están permitidos espacios bailables ni barras.
- Servicios de entrega a domicilio (delivery), call center y farmacias: 24 horas.
- Actividades culturales hasta un máximo de 50 personas, con distanciamiento físico de 2 metros.
- Realización de actividades de culto con un máximo de 50 personas garantizando 2 metros de distancia y agendamiento previo.
- Actos asamblearios, elección de autoridades de organizaciones podrán realizarse bajo estricto cumplimiento del protocolo sanitario.
- Se permite actividad física para todas las personas en espacios al aire libre en grupos de cuatro personas, excluyendo los de contacto físico.
- Se permite la actividad física y realización de clases grupales en academias, gimnasios, polideportivos y otros espacios (excluyendo actividades de contacto).
- Se deberá asegurar horario o espacio exclusivo pra personas mayores de 65 años.
- Clases presenciales continúan suspendidas en todos los niveles.
- Eventos sociales en espacios públicos y privados habilitados podrán realizarse con un máximo de 30 personas, con agendamiento previo, registro individualizado y respetando los dos metros de distancia física.
- Encuentros sociales en residencias particulares deberán realizarse con un máximo de hasta 12 personas, incluyendo el núcleo que reside en el lugar cumpliendo las medidas sanitarias.
- Los niños, niñas y adolescentes solo podrán circular en compañía de un adulto de su núcleo familiar.