Tras la primera reunión de la Comisión Nacional de Objeción de Conciencia se procedió a la creación del Consejo, el cual debe encargarse, entre sus principales tareas, de recibir las declaraciones de los objetores de conciencia y expedir las constancias de su presentación a los mismos.
También tiene que comunicar a las Fuerzas Armadas de la Nación las presentaciones recibidas y determinar el lugar y condiciones de cumplimiento del servicio civil, sustitutivo al servicio militar obligatorio, entre otras funciones.
En contacto con Última Hora, el senador Hugo Richer contó que el Consejo volverá a reunirse la próxima semana para avanzar en las reglamentaciones que aún quedan pendientes y soluciones para la alta demanda de objetores de conciencia que se presentan ante la Defensoría del Pueblo.
Aclaró que se deben reunir con la ministra de Hacienda, Lea Giménez, para pedir una ampliación presupuestaria para la institución.
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Así también, indicó que es necesario reglamentar lo que dice la Ley Nº 4013, en cuanto al cobro de multas para los infractores que no se declaren como objetores de conciencia o no presten el servicio militar.
Refirió que aún no se trató el tema, pero que se podría cobrar multas a todas las personas, mayores de edad, que no hayan realizado ninguno de estos servicios obligatorios.
Así mismo, expresó que aún falta definir en qué instituciones, públicas o privadas (sin fines de lucro), los jóvenes prestarán el servicio comunitario, ya que actualmente solo cuentan con un carnet provisorio.
Contó que existe una gran demanda de objetores de conciencia, por el momento político que se vive.
El Consejo lo integran: el presidente de la Comisión Permanente de Derechos Humanos de las Cámara de Diputados y Senadores, Derlios Osorio y Hugo Richer; el defensor del Pueblo, Miguel Godoy, y un representante del Ministerio de Defensa Nacional. En total son cuatro miembros y faltaría un representante de los objetores de conciencia, elegido por sorteo entre aquellos que hayan presentado su objeción en los últimos cinco años.
“La Declaración de Objeción de Conciencia suspenderá el enrolamiento del declarante a las Fuerzas Armadas para cumplir con el Servicio Militar Obligatorio y, en su caso, de su prestación. El objetor de conciencia estará exento del cumplimiento del servicio militar obligatorio a partir del momento de ser aceptada su declaración como válida por la autoridad designada. El objetor queda obligado a prestar servicio sustitutivo en beneficio de la población civil en los centros asistenciales designados en esta norma, bajo jurisdicción civil”, señala la ley.
Los ciudadanos que no deseen realizar el servicio militar se pueden acercar hasta la Defensoría del Pueblo, ubicada sobre las calles Ygatimí 832 y Ayolas, para solicitar el carnet de objeción de conciencia.