Es que, más allá de que los involucrados sean o no narcotraficantes, el operativo debe transparentarse por el bien de las instituciones involucradas y la familia del ex congresista. Y, si hubo irregularidades, debe castigarse a los responsables.
El Código Procesal Penal, en su artículo 186, señala: ”Horario. Los registros, con o sin allanamiento, en lugares cerrados o cercados, aunque sean de acceso público, solo podrán ser practicados entre las 06:00 de la mañana y las 18:00 de la tarde”.
Pero hay excepciones, como casos graves que no admitan demoras y cuando el juez autorice en forma fundada. El artículo 51 de la Ley 1340, De drogas, refiere que los allanamientos podrán hacerse a cualquier hora del día o la noche, mediante orden expedida por el juez competente.
Con esto, todo se resume al fundamento del juez para dictar la orden para el allanamiento nocturno, ya que la regla es el horario diurno, y la excepción, el nocturno.
Según el magistrado de la causa, hubo un pedido del fiscal. Se trata de un caso de crimen organizado, y había peligro de que se destruyeran evidencias. Prácticamente todos los casos de crimen organizado tienen estas características, por lo que esta justificación es discutible.
El abogado de la familia Óscar Tuma, en varias entrevistas, sostuvo que no se justificaba el allanamiento en ese horario, ya que el legislador tenía fueros y no podía ser detenido. “¿Qué les costaba hacer por la mañana, bien temprano, si todos estaban durmiendo?”, dijo.
Además, puso como ejemplo el caso de Carlos Rubén Sánchez, Chicharõ, muerto por sicarios vestidos como agentes de la Senad, por lo que Gomes bien podía presumir, en ese horario, que era gente que quería matarlo. Otro punto que señala Tuma es que querían hacer un “show mediático que les salió mal”.
El criminólogo Juan Martens, por su parte, dijo que fue una ejecución, entendiendo este término como una persona muerta a manos de las fuerzas de seguridad del Estado.
Objetó que los policías que realizaron el procedimiento no tenían las cámaras portátiles personales, a las que están obligados por ley, por lo que quisieron esconder a propósito el operativo, para evitar la transparencia. Dijo que existe abuso histórico en las prácticas policiales, lo que deja muchas dudas.
No obstante, ayer nos enteramos por la diputada Rocío Vallejo, de que la ley de las videocámaras no se aplica porque no fue reglamentada por el Ministerio del Interior. Letra muerta.
A esto se suman las declaraciones de los familiares, que dijeron que no hubo tiempo para un enfrentamiento, ya que fue ejecutado por los policías. Los resultados de la autopsia echan más dudas por la trayectoria de las balas y cómo estaba la víctima al recibir los tiros.
En contrapartida, el ministro Enrique Riera dijo que no estaba enterado del operativo, que se informó por la prensa. Además, el comandante de la Policía indicó que los agentes reaccionaron en forma “proporcional”.
La Fiscalía ya tomó distancia del tema. Alegan que fue una “irrupción policial”, olvidándose que la dirección del operativo es de los fiscales.
Desde el lado político, la bancada a la que pertenecía Lalo Gomes apuntó sus dardos contra el juez que ordenó de allanamiento, el ministro Enrique Riera, y el fiscal general, como para buscar un responsable.
En este contexto, es evidente que, bajo ningún concepto, se puede justificar la muerte de una persona. Pero la cuestión es que se debe transparentar lo ocurrido. Una auditoría del expediente, investigar a los policías involucrados, buscar evidencias, sería lo correcto. Solo así, habrá credibilidad en las instituciones.