18 oct. 2024

¿Cuál es la autoridad del MEC?

Hablemos claro, mientras el Ministerio de Educación y Ciencias (MEC) siga presuntamente violando, por lo menos, doce artículos de la Constitución Nacional y, por lo menos, otros tantos de varias leyes, el MEC y sus autoridades responsables de su gobierno y dirección están presuntamente en situación delictiva porque como todos sabemos el desacato a un solo artículo de la Constitución o de una ley es grave delito.

En esta presunta situación, el MEC y sus autoridades carecen de autoridad moral, ética, cívica, profesional y política. Esta presunta situación irregular es de hecho impune, porque los organismos del Estado, que deben proteger y hacer cumplir la Constitución Nacional y las leyes están ciegos o no les interesa lo que pasa en la educación nacional.

¿Qué disposiciones de la Constitución Nacional no acata el MEC?

El artículo 73 dispone: 1) Que la educación sea “integral y permanente”. En los currículos escolares nada hay de planes y programas para la educación y desarrollo de la dimensión espiritual constituyente del ser humano; tampoco para que sea permanente. 2) El primer fin de la educación es “el pleno desarrollo de la personalidad”. El MEC se contenta con el desarrollo de la persona e ignora la identidad y desarrollo de la personalidad. 3) También el MEC ha omitido arbitrariamente el fin de la cooperación, violando además el artículo 113, que dispone la cooperación vinculada al cooperativismo y al desarrollo económico nacional. 4) De los otros 13 fines, que dispone este artículo, es difícil encontrar siquiera alusión, menos aún planes y programas en los currículos del MEC.

El artículo 74 de la Constitución: 1) Prescribe y “garantiza la educación religiosa”, la cual fue definitivamente eliminada unilateralmente por el MEC, desde el año 2014. 2) Garantiza la libertad de enseñanza sin más exigencias que la idoneidad y la integridad ética, pero el MEC se ha adueñado de la educación y hasta los colegios privados tienen que pedir permiso y presentar al supervisor de su zona para llevar a los alumnos a algún campamento. 3) Garantiza el pluralismo ideológico y, sin embargo, compromete a nuestra educación con la Agenda 2030 y consecuentemente con la ideología de género.

El artículo 75 dispone que “la educación es responsabilidad de la sociedad y en particular recae en la familia, el municipio y el Estado”. Cita al Estado en último lugar porque el rol del Estado es subsidiario y debe estar al servicio de las familias y la sociedad, de ninguna manera el Estado (y menos aún el MEC) es el dueño de la educación. Y el MEC se ha apropiado de la educación ha marginado a las familias, ignora a los municipios y no le reconoce operativamente a la sociedad su responsabilidad intransferible.

El artículo 76 dispone que 1) La educación escolar sea gratuita en las instituciones escolares del Estado; y el MEC ha impuesto las Asociaciones de Cooperación Económica (ACE), obligando a los padres a cooperar económicamente en las instituciones educativas donde cursan sus hijos. 2) Prescribe que la organización del sistema educativo es responsabilidad esencial del Estado “con la participación de las distintas comunidades educativas”. El MEC viola este artículo y seis de la Ley General de Educación, al imponer las ACE y eliminar las comunidades educativas.

Como pueden observar los amables lectores de este artículo, solo van analizados cinco artículos de los doce presuntamente violados, tal como vengo demostrando, la situación jurídica actual del MEC y el daño que se hace a la educación y los educandos y la nación son de suma gravedad. Por eso, continuaré en otro artículo.

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