15 ene. 2025

Cuevas sigue con maniobras para frenar su juicio oral

Recurso. La defensa del diputado Miguel Cuevas (c) insiste en sobreseer al legislador.

Recurso. La defensa del diputado Miguel Cuevas (c) insiste en sobreseer al legislador.

La defensa del diputado Miguel Jorge Cuevas apeló ayer el fallo que elevó el caso a juicio oral. Al cierre de nuestra edición, el fiscal Luis Piñánez, que había dicho que también apelaría la decisión aún no presentó escrito alguno.

El recurso fue promovido por el abogado Guillermo Duarte Cacavelos, ataca principalmente el rechazo de la nulidad de la acusación, a más del rechazo del sobreseimiento definitivo con relación a la declaración falsa.

En el caso, el juez de Garantías, Yoan Paul López, había elevado el pasado lunes la causa por supuesto enriquecimiento ilícito y declaración falsa contra el legislador colorado.

En la misma causa, su esposa, Nancy Florentín de Cuevas, fue beneficiada con la suspensión condicional del procedimiento, mientras que su hijo Enzo Cuevas, fue sobreseído provisionalmente por pedido fiscal.

En su recurso, la defensa ataca específicamente el rechazo del incidente de nulidad parcial de la acusación por hecho punible de enriquecimiento ilícito planteado por la defensa.

Alega que la acusación supuestamente se sustenta en la pericia realizada por el perito Pedro Javier González, pero la misma fue excluida por el juez por su irregularidad.

Dice que con esto, se sustenta en un acto nulo, por lo que también debe ser declarada nula.

Además, alega que hubo incorrecta fundamentación con respecto a la violación del principio in dubio pro reo (en caso de duda a favor del reo) debido a que se acusó al procesado “con dudas“ constatados por su investigación, alega la defensa.

Con respecto al rechazo del sobreseimiento definitivo respecto a la declaración falsa, dice la defensa que no se pretendió valorar las pruebas, sino que verifique que el hecho no es punible.

La defensa dice que el delito de declaración falsa no puede darse por las declaraciones juradas presentadas ante la Contraloría, ya que indica que el hecho punible es para la presentación de un testimonio en forma escrita que debe ser una autoridad juzgadora.

Además, sostiene que también vulnera el artículo 18 de la Constitución, que indica que nadie puede declarar en su contra.

Alega que es una interpretación antojadiza de la fiscalía, pues “si uno miente ante la Contraloría General de la República, esto sería declaración falsa”, pero en cambio la norma constitucional referida dispone que nadie puede ser obligado a declarar en contra de si mismo.

Finalmente, la defensa solicita que se revoque la resolución y se disponga el sobreseimiento definitivo del legislador Cuevas. No obstante, hay que indicar que el auto de apertura es inapelable, según el Código Procesal Penal.