La medida permitirá que los funcionarios públicos permanentes aporten a la caja fiscal por los años de servicio en calidad de contratados, de manera a sumar la antigüedad que les permitirá acceder a los beneficios jubilatorios.
Benigno López hizo el anuncio a través de las redes sociales. El titular de Hacienda explicó, además, que se determinó que este trámite podrá realizarse de manera electrónica.
“Tanto la Ley como los Reglamentos permiten el pago al contado, así como financiado, del aporte resultante del cálculo que la Dirección General de Jubilaciones y Pensiones realice a los efectos del aporte para la jubilación”, explicó.
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En mayo pasado, el Congreso sancionó el proyecto de ley que obliga a la Caja de Jubilaciones y Pensiones del Ministerio de Hacienda o Caja Fiscal a reconocer los años de trabajo como contratado al funcionario público.
La Ley establece un descuento obligatorio del 25% mensual en caso de que el funcionario no haya ingresado el monto total correspondiente a sus años como contratado a la Caja Fiscal al momento de su jubilación.
Con la reglamentación del documento por parte del Ejecutivo, los funcionarios podrán jubilarse, sumando los años en los que se desempeñaron en calidad de contratados.
Según la Ley 2.345 Los funcionarios de la Administración Pública deben tener, como mínimo, 50 años de edad y 20 años de aporte para beneficiarse con la jubilación. En el caso de la Jubilación Obligatoria, los aportantes con 65 años de edad y con al menos 20 años de servicio tendrán que acogerse a esa condición.
La remuneración base para la determinación de las jubilaciones, pensiones y haberes de retiro se calculará como el promedio de las remuneraciones durante los últimos cinco años.