25 sept. 2024

Defensa de Messer dice que si su actuación fue ilegal, juicio es nulo

La abogada Sara Parquet cuestionó la resolución del Tribunal de Apelación Penal que canceló su personería en el juicio. Estudia recurrir a la Corte para anular el fallo que ratificó la sentencia.

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Juicio oral. Las defensas actuaron en todo el juicio, por lo que dicen que el fallo es nulo.

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La abogada Sara Parquet, una de las representantes de Darío Messer, criticó la resolución del Tribunal de Apelación Penal que confirmó la sentencia dictada en el juicio oral por el comiso especial de los bienes, valuados en unos 150 millones de dólares.
Es que, por voto en mayoría de los camaristas Delio Vera y Arnaldo Fleitas, y la disidencia de Arnulfo Arias, declararon inadmisible el recurso promovido por la defensa y les cancelaron la personería, ya que sostienen que su intervención en el juicio oral fue irregular.

Los camaristas sostuvieron que el Tribunal de Apelación Penal, integrado por los camaristas Claudia Criscioni, Yolanda Morel y Jesús Riera, tuvo un error de procedimiento y se extralimitó al darle intervención a la defensa de Darío Messer.

Justamente, a raíz de esta resolución, Parquet apunta que si su intervención fue irregular, todos los actos que realizó como parte del juicio oral es nulo, con lo que deberían haber anulado todo el juicio oral, pero al final ratificaron la resolución.

EL FALLO. En el caso, en el 2022, los fiscales Liliana Alcaraz (actual ministra) y Francisco Alcaraz, habían pedido el comiso especial sobre los bienes de Darío Messer y Dan Wolf Messer, ante el entonces juez de Delitos Económicos, José Agustín Delmás.

El abogado Óscar Latorre, junto con otros abogados, en representación de Messer, quien estaba con prisión domiciliaria en el Brasil, pidieron intervenir, pero el juez se lo negó porque en la causa por lavado de dinero el procesado estaba con rebeldía.

Así, solo los fiscales estuvieron en la audiencia de preparación del juicio. Recién en la audiencia oral ante el Tribunal de Sentencia, se les dejó intervenir a Sara Parquet y Paola Gauto, mientras que por Dan Wolf Messer estuvo la abogada Bettina Legal.

Tras el juicio oral, donde se dispuso el comiso de los bienes, las defensa de Messer, apeló el fallo. Fue al analizar ese resolución que los dos camaristas entendieron que la intervención de las abogadas Sara Parquet y Paola Gauto fue ilegal, y los jueces no les podían dar intervención, por lo que cancelaron la personería.

ACTUACIONES. Parquet asegura que en el juicio oral presentaron incidentes, ofrecieron pruebas, interrogaron a testigos, produjeron pruebas documentales, como partes reconocidas que eran.

Si todas estas actuaciones eran irregulares, sostiene la abogada, el juicio oral debía anularse totalmente, pero los camaristas no estudiaron esta situación.

Alegan que el voto en disidencia les da toda la posibilidad de recurrir a la Corte, porque el artículo 10 de la Ley 6431/19, les da la posibilidad de que el afectado, en este caso Darío Messer, pueda presentarse directamente o a través de un abogado para defender sus derechos.

Es más, apuntó que si ni siquiera pueden intervenir, por qué directamente no confiscaban todos los bienes de Messer y no se hacía el juicio oral por el comiso de los bienes del mismo.

Se quejó de que la resolución es inconstitucional, porque no les da el derecho a la defensa. Es que, según el fallo del Tribunal de Apelación, los que podían intervenir hasta la audiencia de preparación eran los interesados, y no Messer, porque el mismo estaba en rebeldía.

Acción ante la Corte o casación
La defensa de Darío Messer tiene dos opciones para seguir el caso. Uno es el recurso extraordinario de casación ante la Sala Penal de la Corte, ya que el fallo del Tribunal de Apelación Penal pone fin al proceso de comiso especial. Además, podría recurrir en acción de inconstitucionalidad ante la Sala Constitucional de la Corte, con lo que automáticamente la resolución queda suspendida hasta tanto se dicte una resolución al respecto. Incluso, algunos promueven ambos a la vez ante la Corte.

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