20 dic. 2024

Defensa de ministro Sindulfo Blanco cuestiona legalidad de juicio político

Jorge Bogarín, abogado del ministro de la Corte Suprema de Justicia Sindulfo Blanco, presentó los alegatos de la defensa en el juicio político que se reactivó este martes. El letrado cuestionó la legalidad del proceso y consideró que se violaron las garantías de su defendido.

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El ministro Sindulfo Blanco no se presentó a su juicio político y los alegatos de defensa fueron presentados por su abogado Jorge Bogarín.

Gentileza.

Tras cuatro años de postergación y a un mes de su jubilación, este martes se reactivó el juicio político al ministro de la Corte Suprema Sindulfo Blanco. Fue su abogado, Jorge Bogarín, quien presentó los alegatos de defensa, ante la ausencia de Blanco.

Con la asistencia de 35 senadores, cerca de las 15.00 de este martes, se dio continuidad al proceso iniciado en el 2014. Al inicio, se dio paso al juramento de los congresistas como miembros del Tribunal Juzgador y luego se escucharon los argumentos de la parte acusada.

Bogarín inició planteando la nulidad del juicio político por considerar que se perdió la legalidad del proceso. “Se ha excedido el plazo razonable y hemos tenido un trabajo muy desprolijo (...) se han violado las garantías del ministro Blanco y se vulnera ese equilibrio que debe haber entre los poderes”, indicó.

Asimismo, cuestionó el reglamento que rige el juicio político, aprobado en el 2015. “Es una norma que nadie puede ser enjuiciado de manera retrospectiva, la Ley de la Función Pública establece que un sumario no puede durar más de 60 días y en este caso tenemos un juicio político que lleva ya varios años”, manifestó.

Otro de los puntos que también expuso el letrado es que a más de cuatro años del inicio del juicio político, solo nueve de los 45 senadores escucharon la acusación en contra del ministro de la Corte.

De igual manera, criticó que varios de los diputados que denunciaron a Sindulfo Blanco, en el anterior periodo, juraron como miembros del Tribunal Juzgador.

“Existen senadores que no pueden ser juzgadores de la persona a quien denunciaron, no pueden ser jueces y parte al mismo tiempo, ya que ello vulnera un principio que tiene rango constitucional, que es el principio del juez natural”, explicó Bogarín.

Defensa de las acusaciones

En otros puntos, el jurista explicó que no se cuenta con un reglamento que permita juzgar qué es el mal desempeño de funciones un ministro de la Corte.

“Las causales impuestas se quedan al arbitrio de cualquier acusador, cuando no existe un cuerpo legal que determine ‘esto es mal desempeño de funciones’, entonces queda librado a las cuestiones subjetivas”, precisó.

Además, expuso sus argumentos ante las diferentes acusaciones:

  • Pérdida de la honorabilidad: El abogado reprodujo un audio de declaraciones dadas por Sindulfo Blanco al Senado y dijo que su defendido no mintió al ser consultado sobre la inamovilidad de los magistrados. Sin embargo, reconoció que tuvo un “lapsus mental” durante una entrevista brindada a un medio radial en relación con la aplicabilidad de la inamovilidad de los ministros de la Corte Suprema de Justicia.
  • Ignorancia de la ley: El caso guarda relación con un fallo sobre las fotomultas, en el 2012. La acusación sostiene que el ministro se basó en una ley derogada. No obstante, la defensa hizo referencia a que el fallo cuenta con una aclaratoria que indicaba que el fallo no se fundamentaba en esa normativa. Además, Bogarín aludió a que el juicio fue selectivo al considerar el fallo como una causal contra Blanco y no así contra los otros dos ministros que integraban el tribunal en ese entonces.
  • Ineficaz papel al frente de la Superintendencia de Alto Paraná: El abogado leyó varios reconocimientos que recibió Blanco al frente de dicha dirección, que acreditaban la gestión del ministro.
  • Compraventa de tierras públicas destinadas a la reforma agraria: Bogarín apuntó a que no hubo una transferencia de propiedad, sino “desposesión” en una repartición de bienes a causa de una disolución conyugal. Añadió que una vez que la propiedad fue transferida, la ex esposa del ministro fue la que vendió la propiedad, cinco años después, y no así Blanco. Según el letrado, un informe del Instituto Nacional de Desarrollo Rural (Inder) no habla de un prejuicio patrimonial.
  • Comisión de delitos y de prevaricato: El abogado se ratificó en que en dicha causa también hubo un criterio selectivo al denunciar a Blanco por favorecer a uno de sus colegas y no así al resto de los demás integrantes del colegiado.
  • Fallos contra la Constitución y el interés general: El caso trata sobre pedidos de inconstitucionalidad planteados por empresarios del rubro de domisanitarios y que lograron introducir productos con tripolifosfato de sodio. El abogado sostuvo que no se confirma que los fallos de Blanco hayan propiciado la contaminación del lago Ypacaraí.
  • Maniobras para impedir la intervención de la Contraloría en el Poder Judicial: Bogarín afirmó que varios organismos del Estado acudieron a la acción de inconstitucionalidad para detener la intervención de la Contraloría General de la República (CGR). Citó varias instituciones públicas que recurrieron a la misma acción, sin embargo, solo Blanco fue acusado.
  • Liberación de Fabio José Ruffato: El abogado indicó que el fallo de Blanco se dio debido a que la fiscala de la causa pidió la desestimación de las denuncias, ya que no se constituían como delito.
  • Remoción del juez Atilio Sagueir en Alto Paraná: Como último punto, Bogarín defendió a Blanco diciendo que no se dictó medida cautelar contra el juez. Puntualizó que el expediente de Saguier solo estuvo un mes a cargo del ministro y no nueve años, como señala la acusación.
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