Según la resolución, la prohibición abarca las modalidades de pesca deportiva y comercial, además de la utilización de artes de pesca, transporte y la comercialización de productos pesqueros. El documento está rubricado por la ministra de la Seam, María Cristina Morales.
Para las aguas compartidas con el Brasil, la restricción iniciará en la misma fecha, pero se extenderá hasta el 31 de diciembre.
La resolución de la Seam exceptúa la pesca de subsistencia para el consumo propio del pescador ribereño y su familia, practicada con anzuelo, liñada o caña, pero se prohíbe totalmente la comercialización de los productos, así como la venta y el traslado. Este tipo de pesca solo podrá ser practicada desde las riberas y quedará prohibido el uso de todo tipo de embarcaciones, informó el portal de información IP Paraguay.
En aguas compartidas con la Argentina, la veda también rige del 4 noviembre hasta el 20 de diciembre.