En una sesión ordinaria realizada en la tarde de este martes, el Jurado de Enjuiciamiento de Magistrados (JEM) destituyó al juez penal de Garantías de feria de la ciudad de Capitán Bado, del Departamento de Amambay, abogado Manuel Fernández Arce, informó el periodista del diario Última Hora Marciano Candia.
El 10 de enero del 2020, Fernández Arce resolvió hacer lugar al pedido de revisión de medidas cautelares planteado por el representante de la defensa técnica de los imputados Felipe Diogo Fernández Díaz, Rafael de Souza, Ailton Botelho Dos Santos, Julio César Gómez, Marcos Paulo Valdez Pereira y Luciano de Souza Martins, ordenando en consecuencia la suspensión de la ejecución de la prisión preventiva que pesaba sobre los mismos.
Además, dispuso la aplicación de la medida sustitutiva del arresto domiciliario, con lo cual habría obrado en desconocimiento de los preceptos contenidos en la Ley 6350/2019.
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Según los antecedentes, el magistrado resolvió hacer lugar al pedido de revisión de medidas cautelares planteado por la defensa técnica de los imputados sin la debida fundamentación de los extremos exigidos por ley para el arribo de tal resolución, en contravención a lo establecido en los artículos 125, 243 y 244 del Código Procesal Penal, y habría valorado anticipadamente elementos probatorios, en detrimento de lo establecido en el artículo 175 del Código Procesal Penal.
Estas personas supuestamente son sicarios del narcotraficante Sergio de Arruda Quintiliano Neto, alias Minotauro, presuntos miembros del Primer Comando Capital (PCC), que estaban recluidos en la cárcel de Pedro Juan Caballero, en el Departamento de Amambay, quienes se fugaron el 19 de enero del año pasado.
En octubre del 2019 fue duramente cuestionado por levantar una orden de captura que pesaba contra Gerardo Ramón Sánchez, alias Quela’i, de 38 años, supuesto narcotraficante.
En aquella ocasión, Manuel Fernández aseguró que el error fue de la Fiscalía porque nunca lo imputó y que estaba muy seguro de su fallo.
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“Se ordenó una prisión preventiva sin que él esté imputado, cuando el Código Procesal Penal es clarísimo: No se puede dictar ninguna medida cautelar sin estar imputado”, refirió.
Aclaró que Sánchez tenía antecedentes por lavado de dinero y transgresión a la ley de armas, pero que en esta última causa tuvo sobreseimiento provisional a pedido de la Fiscalía adjunta de la Unidad Especializada de Lucha contra el Narcotráfico.
“Sería distinto si la agente fiscal, antes de dictar una medida cautelar, presenta un acta de imputación, pero no presentó”, cuestionó a la institución.