Luis Fernando González, director Nacional de Transporte (Dinatrán), mencionó que la Ley Nacional de Tránsito y Seguridad Vial es bien clara al indicar que es una falta grave que los colectivos circulen con las puertas abiertas.
También, está prohibido llevar pasajeros en las estriberas o no detenerse junto a la acera al alzar o bajar pasajeros.
González trajo a colación este punto de la ley tras lo ocurrido en un transporte público, a la altura del kilómetro 10 de San Lorenzo, donde Cinthia Verónica Riquelme Rodas, de 42 años, falleció.
La mujer cayó del bus y golpeó la cabeza contra el asfalto luego de ser asaltada.
El colectivo, que está habilitado para el servicio y no cuenta con inconvenientes para operar, estaba circulando con las puertas abiertas.
🔴 "Es una falta grave mantener las puertas abiertas", refiere titular de Dinatran tras caída de mujer del bus en San Lorenzo
— Monumental AM 1080 (@AM_1080) January 22, 2025
🗣️ "La Ley 5016 de Seguridad Vial habla de mantener las puertas cerradas como también el viaje de pasajeros en la estribera del bus. La multa es de 10… pic.twitter.com/0Xs68vLbjv
“Es una situación que siempre acompañamos, sugerimos y pedimos que se cierren las puertas”, puntualizó en contacto con radio Monumental 1080 AM.
Agregó que la responsabilidad de mantener las puertas cerradas es compartida entre la Agencia de Tránsito, la Policía Municipal de Tránsito y el chofer del vehículo.
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“Es una responsabilidad casi compartida, donde debe estar involucrada la Agencia de Tránsito, inclusive la propia Policía Municipal de Tránsito, en el control de esta situación. Por supuesto que también es una responsabilidad por parte del chofer que está manejando la unidad”, aseveró.
Por último, recordó que en los últimos operativos en Caacupé realizaron sanciones por estas faltas que tienen una multa de 10 jornales (alrededor de G. 1.076.270).