El acuerdo constitucional para la intervención de la Municipalidad de Ciudad del Este fue aprobado por el pleno de Diputados, un día después de que la intendenta Sandra McLeod presentara su renuncia.
En votación nominal, el acuerdo para la intervención de CDE obtuvo 58 votos y dos en contra. Los miembros de la bancada Honor Colorado se abstuvieron de votar, al considerar que es un acto inválido e improcedente, ya que McLeod renunció.
El pedido de intervención fue realizado por una mayoría de los miembros de la Junta Municipal e ingresó a la Cámara de Diputados el pasado 11 de octubre.
Los concejales de Ciudad del Este exigen, principalmente, que la intendenta renunciante explique el destino de unos G. 35.000 millones. Además, se denuncia la falta de rendición de cuentas.
Sandra McLeod presentó su renuncia este lunes, argumentando que lo hace para evitar la muerte de personas durante confrontaciones. Alegó, además, sentirse perseguida y cuestionó al presidente de la República, Mario Abdo Benítez, por sentar una postura a favor de la intervención.
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Llamativamente, el Tribunal Superior de Justicia Electoral (TSJE) se adelantó y convocó a elecciones para reemplazar a McLeod, lo que fue cuestionado por varios diputados. Según el cronograma, las internas simultáneas de los partidos políticos serán el 27 de enero y las municipales el 3 de marzo. El 8 de marzo deberá asumir el próximo intendente.
La presurosa convocatoria a elecciones por parte del TSJE, sin que antes los Diputados analicen la decisión, fue considerada por los legisladores como una falta de respeto. Incluso, algunos miembros de la Cámara Baja hablaron sobre iniciar un juicio político a los ministros de la institución electoral.
McLeod asumió como intendenta en 2007 y fue reelecta. Por su parte, su esposo, Javier Zacarías Irún, fue intendente de la capital de Alto Paraná desde el 2001 hasta principios del 2007. También fue diputado en los periodos 1993-1998 y 1998-2001.
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El tratamiento de la intervención se desarrolló bajo la mirada de la ciudadanía que se autoconvocó en Asunción y en varios puntos de Ciudad del Este.
Sobre la intervención
La Ley 317 que regula la intervención de municipios y gobernaciones establece que será el Poder Ejecutivo el que decrete la intervención y nombre a un interventor en un plazo de 15 días. Esta persona deberá ser graduada en Derecho o en Ciencias Económicas, Administrativas o Contables.
En el plazo que dure la intervención, el intendente municipal quedará suspendido en sus funciones. El interventor asumirá la dirección de la administración del ente intervenido, implementará los mecanismos para para comprobar y aclarar los hechos que motivaron la intervención, recabará informaciones y suspenderá a funcionarios administrativos si existe causal.
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El artículo 7 señala que las autoridades afectadas por la intervención podrán nombrar hasta tres representantes con facultades para conocer el proceso de intervención y tener acceso a las actuaciones correspondientes.
El interventor deberá elevar su dictamen al Poder Ejecutivo, con el que hubiere producido la Contraloría General de la República, dentro del plazo de 60 días, a partir de la fecha en que tomó posesión del cargo, y el Poder Ejecutivo lo remitirá de inmediato a la Cámara de Diputados. Los diputados tienen la potestad de destituir al jefe comunal.
La Ley Orgánica Municipal establece que las intervenciones no se prolongarán por más de 90 días.