El primer proyecto aprobado por la Cámara de Diputados, que incentiva las operaciones comerciales a través de medios de pago electrónico, tiene por objeto regular el cobro de las comisiones a ser percibidas por las entidades financieras cooperativas o entidades comerciales que realizan intermediación financiera.
También regula a las que procesan y administran los instrumentos de pago con el propósito de facilitar el comercio, proteger los derechos del consumidor y la defensa de la libre concurrencia.
Al respecto, la normativa establece que el porcentaje máximo de las comisiones a ser percibidas por las entidades financieras, cooperativas y entidades de medios de pago electrónicos, sobre el total del valor cobrado a los comercios adheridos, en concepto de prestación de servicios de intermediación de pago, realizados a través de tarjetas de crédito y débito, así como a través de medios electrónicos, no podrá ser superior al 3% del valor de la transacción.
Se incluyen, asimismo, las operaciones realizadas con tarjetas de crédito y débito emitidas por entidades del exterior. El documento pasa a consideración del Poder Ejecutivo.
De igual manera, se determina que el porcentaje máximo de las comisiones a ser percibidas por las entidades financieras y cooperativas sobre el depósito de dinero en moneda extranjera no podrá ser superior al 1% del valor de la operación.
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El documento aprobado fija como autoridades de aplicación de la reglamentación al Banco Central del Paraguay (BCP), el Instituto Nacional de Cooperativismo y la Subsecretaría de Estado de Tributación.
Proyecto para impulsar tránsito de mercaderías
Seguidamente, la Cámara Baja dio luz verde al proyecto de ley, el cual ya cuenta con media sanción de la Cámara de Senadores, que reduce los costos operativos en los puertos y aeropuertos nacionales para impulsar las operaciones comerciales de importación, exportación y tránsito de mercaderías.
Se trata de una reducción de un 50% del monto de las tasas y tarifas vigentes, establecidas para los usuarios regulares y no regulares por servicios aeroportuarios de carga aérea de importación, exportación y tránsito establecidos según el Decreto 8701/2012 y sus modificaciones.
Además, se reducirá en un 50% el monto de las tarifas aplicadas en concepto de prestación de servicios generales a las mercaderías establecidas por el Decreto 12297/2008.
Se menciona como autoridades de aplicación a la Administración Nacional de Navegación y Puertos (ANNP) y la Dirección Nacional de Aeronáutica Civil (Dinac). De promulgarse el proyecto estará vigente de manera transitoria hasta el 30 de junio de 2021.