Por amplia mayoría, la Cámara de Diputados aprobó este martes algunas modificaciones en la Ley 7447/2025, que fija nuevos precios para la habilitación de vehículos unificados para todos los municipios del país.
La normativa fue promulgada el pasado 6 de enero por el presidente Santiago Peña y desde su aplicación generó reacciones y cuestionamientos de diferentes sectores.
El diputado Alejandro Aguilera (ANR-HC) planteó la derogación de la ley por ser, a su criterio, anticonstitucional y por atentar contra la autonomía de las municipalidades. Pese a ser oficialista, no obtuvo el acompañamiento de su bancada.
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Tras el rechazo en mayoría, se planteó el estudio del proyecto que establece modificaciones a la normativa, presentada por varios diputados.
Primero aprobaron en general y luego procedieron al estudio en particular (artículo por artículo).
En primer término, modificaron el artículo 22 de Ley 620/1976, que establece el régimen tributario para las municipalidades de 1.ª, 2.ª y 3.ª categoría.
Ahora, se unifica el cálculo del impuesto a la patente de rodados sobre el 0,3% del valor imponible proveído por la Agencia Nacional de Tránsito y Seguridad Vial (ANTSV) para todas las Municipalidades de 1.ª, 2.ª Y 3.ª categoría incluida la Municipalidad de Asunción.
Dicho monto se irá disminuyendo cada año en un 5% hasta que el auto tenga 10 años de antigüedad. El cálculo para la patente se hará con base en el 0.3% del valor imponible.
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Se crea, a su vez, el Registro Único de Habilitación de Rodados (RUHR), cuya aplicación estará a cargo de la Agencia Nacional de Tránsito y Seguridad Vial (ANTSV).
Por su parte, la Agencia Nacional de Tránsito y Seguridad Vial (ANTSV) deberá proveer el listado de valores imponibles de los vehículos actualizados anualmente y el cálculo de impuesto a ser aplicado en cada caso a través del RUHR.
Mientras que el artículo 3 establece que los intendentes que otorguen patentes irregulares serán sancionados con una multa de un jornal mínimo por cada patente irregular.
La ANTSV tendrá como facultad la verificación, liquidación y cobro de la multa.
Por último, derogaron la Ley 5817/2017, que sustituye los artículos 25, 26 y 27 de la Ley 881/1981, que establece el régimen tributario y otros recursos para la Municipalidad de Asunción.
Las modificaciones pasan a la Cámara de Senadores para su estudio.