El proyecto que modifica la Ley que reglamenta el artículo 104 de la Constitución Nacional, de la declaración jurada de bienes y rentas, activos y pasivos de los funcionarios públicos, se volvió a tratar por segunda vez en la Cámara Baja.
Los diputados resolvieron ratificarse en su versión aprobada el pasado 20 de abril, con modificaciones que desvirtuaba lo aprobado inicialmente en el Senado, es decir, se pusieron más obstáculos a las declaraciones juradas.
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La propuesta que ahora pasa al Ejecutivo para su veto o promulgación establece en el artículo 1 que “la declaración jurada presentada ante la Contraloría General de la República (CGR) es un acto unilateral del que no deriva decisión sobre proceso alguno”.
Además, especifica que dicho documento queda exceptuado como testimonio y no podrá ser considerado como elemento constitutivo de hechos punibles relativos a la prueba testimonial.
“La responsabilidad que emerge en todo lo relativo a declaraciones juradas ante la Contraloría General de la República es de carácter netamente administrativo”, refiere el proyecto de ley que fue sancionado en el Congreso.
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Asimismo, establece que la Justicia debe aprobar la publicidad de las declaraciones mediante una sentencia. A esto se suma que las empresas proveedoras del Estado también tienen que presentar su declaración.
El abogado constitucionalista Hugo Estigarribia calificó esta situación como una “barbaridad”. “Es una decisión aberrante de la Cámara de Diputados que el presidente de la República (Mario Abdo Benítez) tiene que vetar, porque lo que faltan en la ley de declaraciones juradas es establecer penas”, subrayó.
A su vez, la Corte Suprema de Justicia debe resolver si las declaraciones juradas de funcionarios estatales son o no públicas. La sentencia definitiva debe definirse esta semana, según anunciaron los ministros de la máxima instancia.