Más. Benítez añadió que en el artículo 29 refiere a las garantías y seguros, pero se remite la decisión a la reglamentación del Ejecutivo. Además, el artículo 30 dice que “la administración contratante podrá modificar unilateralmente el contrato de participación público-privada”, y subir el costo del proyecto en un 15% y otro 30% cuando se trate “de común acuerdo”, elevando el sobrecosto hasta en un 45%. A su turno, el diputado Mauricio Espínola (ANR) solicitó incluir a las gobernaciones y los municipios la posibilidad de realizar proyectos de APP. Esta moción fue secundada por su colega Carlos Pereira (PLRA), pero no prosperó. “En esta ley se le da superpoderes al ministro de Economía, atribuciones superiores a la del Congreso. La aprobación de los contratos de APP debe pasar por el Congreso Nacional”, reclamó.
No obstante, el legislador liberal celebró el aumento de la participación estatal en los contratos de APP, que sube del 10% al 25%. Igualmente, solicitó que no se siga endeudando al Estado paraguayo “a costas del futuro de muchos niños y jóvenes que todavía no nacieron para construcción de obras que no son utilizadas por un gran porcentaje de la población paraguaya”. “Hay que tener en cuenta mecanismos de control, y que no nos pase como la APP de la ruta PY02, donde se triplicó el costo de esas inversiones para beneficio del sector privado”, cuestionó Pereira.
A su vez, el diputado colorado Néstor Castellano, vicepresidente de la Comisión de Asuntos Económicos, confesó que el grupo se reunió de manera virtual el martes para dictaminar a favor de la propuesta. Dijo que la iniciativa legislativa del Ejecutivo responde a la necesidad “de modernizar el marco legal y reglamentario de las contrataciones público-privadas”, implementando alternativas de financiamiento e incluyendo a la Procuraduría General como parte de los mecanismos destinados a supervisar y controlar la correcta ejecución de cada uno de los proyectos.