El proyecto de ley por el cual se implementan medidas transitorias de contingencia para la comercialización del diésel tipo III y la nafta 93 octanos por parte de Petróleos Paraguayos (Petropar), que aprobó recientemente el Senado, será tratado este jueves a las 13:00 en una sesión extraordinaria de la Cámara de Diputados.
La posible legislación establece medidas de racionalización del gasto público orientadas a la eficiencia de los procesos de compra pública para la provisión de carburantes derivados del petróleo y, aunque la normativa solo regiría por dos meses, en el proyecto se menciona que se eliminarían los cupos de combustible para todas las autoridades y funcionarios del Estado de forma “permanente”.
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Además, señala que los precios preferenciales para cada tipo de combustible priorizado serán determinados tomando la estructura de costos de Petropar y las fluctuaciones de los precios internacionales, pero aclara que, en ningún caso, la diferencia entre el precio determinado por la estructura de costos de Petropar y el precio preferencial podrá ser superior al 30%.
En uno de los artículos del proyecto se estipula que el Ministerio de Hacienda se encargará de establecer los mecanismos presupuestarios y financieros para la compensación y/o reposición gradual de los recursos financieros de Petropar que fueren afectados por la aplicación de dicha medida.
Para ello, se prevé el aumento de la base imponible del Impuesto Selectivo al Consumo (ISC), que grava los bienes del artículo 118 de la Ley 63801 Del Combustible, como mecanismo de reposición como consecuencia de la compensación y/o reposición gradual.
Asimismo, la normativa prohíbe la asignación de cupos de combustibles a las autoridades y funcionarios de los poderes del Estado y de los organismos y entidades del Estado, incluyendo a las empresas públicas y aquellas de economía mixta, las sociedades anónimas con participación accionaria mayoritaria del Estado y las municipalidades, en todas sus modalidades, cuya medida será de carácter permanente.
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También exceptúa a toda persona jurídica del exterior, así como a sus directores, gerentes, socios, accionistas y similares, dedicada a la comercialización de hidrocarburos con debida experiencia probada, que participe en los procesos de contrataciones, o que de algún modo contrate con Petropar, para la provisión de combustible derivado del petróleo y biocombustibles, bajo cualquiera de las modalidades legales previstas en la ley de Contrataciones Públicas, que también será permanente.
El documento indica que las medidas transitorias tendrán un plazo de dos meses a contarse a partir de la sanción de la ley, podrá ser prorrogada por el Poder Ejecutivo, pero su vigencia no podrá superar los un mes. La Cámara de Senadores aprobó este miércoles el proyecto con 36 votos a favor.