La medida, dispuesta por Resolución 29/2025, establece que los contribuyentes podrán presentar sus informes en el mes de junio del 2025, conforme al calendario de vencimientos de declaraciones juradas.
Mientras tanto, los plazos para la presentación de los estados financieros para aquellos contribuyentes del IRE con fecha de cierre en los meses de abril y junio de 2025 se mantendrán invariables.
El gremio de contadores había solicitado formalmente una extensión de los plazos argumentando la sobrecarga de trabajo en esta época del año, lo que fue tenido en cuenta por la Administración Tributaria.
Alba Talavera, del Colegio de Contadores del Paraguay, señaló a ÚH que el gremio se encuentra muy agradecido con el director de Ingresos Tributarios, Óscar Orué, por haber resuelto a favor de su solicitud.
“Porque, en realidad, nuestro trabajo es bastante largo, extensivo, y estamos trabajando en todo momento, inclusive hasta entrar a la noche. Le agradecemos en nombre de todo el gremio. Esperemos que sigamos así trabajando de la mejor manera posible y con la mejor relación posible con la gente de la DNIT”, celebró Talavera.
Vencimientos. Por otro lado, la entidad recaudadora recordó que durante este mes de abril los contribuyentes del Impuesto a la Renta Empresarial (IRE) Resimple deben pagar la primera cuota, conforme a la normativa vigente con la boleta de pago, de acuerdo con el calendario perpetuo de vencimientos.
Además, todos los contribuyentes con terminación del RUC 4 deberán realizar la actualización de datos, de acuerdo con lo establecido en la Resolución General N° 79/2021.