Un Tribunal de Sentencia conformado por los jueces Flavia Lorena Recalde, Milciades Ovelar y Emilia Santos condenó por abuso sexual en niños a 17 años de cárcel a un hombre que es el padre biológico de la víctima. Por su parte, el amigo del hombre recibió la pena de 15 años por el mismo hecho. El juicio oral y público fue realizado en Ciudad del Este, en el Departamento de Alto Paraná.
El Colegiado Juzgador sostuvo que el hombre, en su carácter de progenitor, debía ser quien respaldara la integridad física y síquica de su hija menor. Sin embargo, él y su amigo abusaron de ella.
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La víctima es una adolescente de 13 años, quien era manoseada desde los 5 años de edad y quedó embarazada a consecuencia de los abusos sexuales, informó el periodista de Última Hora Édgar Medina.
El fiscal Miguel Ángel Alvarenga, de la Unidad Zonal de Yguazú, representó al Ministerio Público en el juicio oral y público que culminó este jueves.
Según antecedentes, el hecho ocurrió en la ciudad de Juan Emilio O’Leary y fue denunciado el 10 de abril de 2019, por la profesora de la afectada, quien le ayudó a practicarse un test de embarazo que arrojó positivo. La menor en aquel entonces residía con sus abuelos paternos, ya que su mamá había fallecido.
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La Fiscalía determinó que una ocasión su padre se fue a buscarla para llevarla con él. Ante tal situación, el abuelo de la niña preguntó al padre si su concubina estaba en la casa, a lo que el hombre le contestó que sí, para no levantar sospechas. Sin embargo, su pareja había viajado a otra ciudad, ocasión en que el mismo sometió sexualmente a su hija.
Finalmente se comprobó, mediante una prueba de ADN, que la criatura es hijo de una tercera persona, que está imputada en la misma causa, según el Ministerio Público.
El relato de la víctima, desde que conversó con su profesora, y ante la sicóloga del Ministerio Público y en la Cámara Gesell, coincidieron plenamente. La niña relató en esta instancias que era manoseada desde los 5 años.
El nombre de la adolescente y de los condenados se omite en cumplimiento del artículo 29 del Código de la Niñez, que prohíbe la publicación de datos que posibiliten identificar a los menores de edad en condición de víctima o supuesto autor de hechos punibles.