En 2016, mediante resolución 3489, los propios miembros del Consejo de Administración saliente de la Entidad Binacional Yacyretá (EBY) tomaron la determinación de anular la resolución que asigna a los consejeros, Dirección General y Comité y representantes de ambas Cancillerías, un resarcimiento por renuncia o finalización de mandato. Dicho documento fue aprobado en el mes agosto del 2012 y permitía negociados en la Binacional.
Desde la hidroeléctrica, ahora temen que a pesar de existir este documento, algunos, sobre todo el propio Luis Canillas (ex asesor jurídico), reclamen indemnización. Las nuevas autoridades de la EBY llegan a esta hipótesis atendiendo a que Canillas no renunció al cargo sino que espero que lo echen de la hidroeléctrica. Sostienen que el polémico abogado, con esa desvinculación firmada por el nuevo director, Nicanor Duarte Frutos, busque demandar a pesar de haber ocupado un cargo de confianza.
Documento. En la resolución número 3489, los consejeros paraguayos del Gobierno anterior, Gustavo Samaniego, Sheila Abed, Federico Shulz y Emilio Cubas, alegaron que “los Estados miembros de la Entidad han instituido en el seno de la misma, el mecanismo que faculta a los respectivos gobiernos al ineludible control que les corresponde respecto al cumplimiento de los objetivos de creación de la Entidad”.
Con este documento, se dejó claro que los Gobiernos de Paraguay y Argentina tienen el derecho de designar y promover a los funcionarios que ejercen la dirección de la Entidad, Comité Ejecutivo, Consejo de Administración y representantes de ambas Cancillerías, que constituyen por mandato, emanado a través de Decretos del Poder Ejecutivo, el control institucional de los Estados Miembros, cuyas competencias y atribuciones se encuentran determinadas en el propio instrumento internacional que da origen a la Entidad Binacional.

Es decir, bajo ninguna circunstancia los que ocupan estos cargos serán regidos por el Reglamento de Personal de la Entidad Binacional. En este sentido, dejaron sin efecto cualquier resolución anterior que disponga decisiones en contrario o que otorgue beneficios que no se corresponden con la naturaleza del mandato, que es eminentemente de delegación.
Aclaran que los que ocupan cargos de confianza no tendrán ningún derecho adquirido que implique un vínculo laboral “por parte de los funcionarios políticos mencionados”, versa el comunicado. Atendiendo a la resolución 3489, la ex consejera Abed envió el viernes una nota a Duarte Frutos donde le recuerda que existe la resolución que no permite que consejeros demanden por indemnización.
Desvinculada. Sheila Abed solicita en esta nota que ya no se la tenga en cuenta en los pagos de la Entidad Binacional Yacyretá (EBY).
Prueba. Según este documento, los cargos de confianza noimplican “vínculo laboral” para exigir alguna indemnización.