La Ley 6106, sancionada por el Congreso en junio, crea el Instituto Nacional del Audiovisual Paraguayo (INAP) que dependerá de la Secretaría Nacional de Cultura.
Con esta nueva legislación, el sector audiovisual contará con autonomía funcional y operativa, recursos propios y oficina especializada para desarrollar y promover toda la cadena de valor del audiovisual.
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El presupuesto para el instituto se definirá recién a mediados de 2019. El Ministerio de Hacienda hará los cálculos para implementar el tributo establecido en la normativa, según había explicado Ricardo Arriola, de la Cámara Paraguaya de Empresas Productoras de Cine y Televisión (Campro).
Para la obtención de fondos se estableció una retención impositiva y el uso de recursos del Tesoro. El artículo 11, inciso d, señala que “el 50% de las partidas presupuestarias provenientes de las retenciones impositivas de las operaciones comerciales provenientes de servicios audiovisuales, obtenidos por internet del exterior, serán retenidas por los operadores de tarjetas de crédito y débito”.
En el artículo 14 se determina que la Secretaría de Tributación, la Secretaría Nacional de Tecnología de las Comunicaciones y el Banco Central diseñarán en 180 días el sistema de cobro de lo establecido en el artículo 11.
Finalmente, entre los puntos destacados de la ley, se detalla que actores y actrices tendrán representatividad en el Consejo Nacional del Audiovisual.