Con la normativa, se busca establecer un marco regulatorio para la investigación médica y científica de la marihuana para su uso medicinal, terapéutico y paliativo del dolor, promoviendo el cuidado integral de la salud.
El proyecto había sido remitido al Ejecutivo desde el Congreso y ahora fue promulgado por el presidente de la República, Horacio Cartes, informó el periodista de Última Hora Roberto Santander.
Según la ley Nº 6.007, la Dirección de Vigilancia Sanitaria, dependiente del Ministerio de Salud, será la autoridad de aplicación y la Secretaría Nacional Antidrogas (Senad) se sumará para la labor de la supervisión de las iniciativas que se realicen en el marco de la legislación.
El documento prevé además la eventual producción controlada de la planta, para lo cual también se establece la participación del Servicio Nacional de Calidad y Sanidad Vegetal y de Semillas (Senave).
Igualmente, habla de la importación de productos derivados del cannabis, junto con semillas y plantas, que deberá contar con la aprobación de las autoridades.
Crean registro
Por otra parte, con la legislación se crea un registro de usuarios de productos derivados del cannabis, que estará a cargo del Ministerio de Salud Pública, entidad que debe finiquitar los detalles de la reglamentación de la ley en un plazo no mayor a los 180 días.
Reclamos
Diferentes organizaciones habían solicitado la despenalización del autocultivo de cannabis para tratar enfermedades, entre ellas, la epilepsia refractaria. La organización Mamá Cultiva fue una de las que encabezó el pedido.
Un caso emblemático dentro de los debates sobre los beneficios de la planta fue el de Édgar Martínez Sacoman, condenado a dos años y medio de privación de libertad por producción de aceite de cannabis.