El Poder Ejecutivo tiene 120 días para reglamentar la Ley, considerada como un derecho fundamental para asegurar el cuidado efectivo tanto de la madre como del bebé durante el periodo gestacional.
Según los detalles de esta nueva normativa, la mujer embarazada podrá ausentarse de su lugar de trabajo para acudir a las consultas o estudios que sean necesarios para el cuidado efectivo de la gestante y del niño o niña por nacer.
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Asimismo, los permisos por cada control prenatal serán hasta cuatro horas, que serán computadas como horas trabajadas, por lo que no podrán sufrir descuentos en sus salarios o remuneraciones, de acuerdo con el documento.
Entre tanto, la cantidad de horas por consulta podrán aumentarse, siempre y cuando el médico tratante así lo disponga.
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Las colaboradoras deberán notificar con el mínimo de dos días de anticipación acerca de los controles o estudios, excepto en caso de ser urgentes.
También deberán presentar una constancia que pueda acreditar la asistencia a las consultas, controles y estudios realizados.
Para los incumplidores de la ley, se establece una sanción de multas desde 50 hasta 100 jornales mínimos por cada trabajadora afectada. Dichos fondos serán destinados al programa de materno-infantil del Ministerio de Salud.