Cartes firmó el decreto por el cual se promulga la Ley N° 5659/2016 “De promoción del buen trato, crianza positiva y de protección a niños, niñas y adolescentes contra el castigo físico o cualquier tipo de violencia como método de corrección o disciplina”, informó el periodista de ÚH, Roberto Santander.
De acuerdo al documento, la ley tiene por objeto la protección de niñas, niños y adolescentes contra el castigo físico y otros tratos crueles, inhumanos o degradantes.
Refiere que toda persona responsable de la patria potestad, tutela, tutela dativa, tutela especial, guarda, crianza, educación, cuidado, atención, asistencia, orientación, tratamiento y protección de niñas, niños y adolescentes, tiene prohibida la utilización del castigo físico.
Cuando se tenga conocimiento de un supuesto caso tendrá intervención la Defensoría de la Niñez y de la Adolescencia así como el Ministerio Público, a fin de solicitar ante el Juzgado pertinente la aplicación de medidas.
Estas pueden consistir en la exclusión del hogar del denunciado hasta la guarda o abrigo, es decir, la ubicación del niño o adolescente en una entidad destinada a su protección y cuidado, de conformidad a lo establecido en el Código de la Niñez y la Adolescencia, sin perjuicio de las acciones penales que correspondan, expresa la norma legal.
Asímismo, la Asesoría Jurídica de la Presidencia menciona que con esta ley especial se estaría cumpliendo con las recomendaciones del Comité de los Derechos del Niño de las Naciones Unidas, recibidas por el Estado Paraguayo, en el año 2010.
La nueva legislación es el resultado de más de cinco meses de promoción por Save the Children y su organización asociada Global Infancia.