Tal como lo había anunciado el jefe de Gabinete de la Presidencia, Hernán Huttemann, luego de consultas y análisis jurídicos, el Poder Ejecutivo vetó totalmente el proyecto de ley que pretendía modificar los artículos 420 y 421 del Código Procesal Penal, con relación al procedimiento abreviado, que actualmente permite beneficiar con la medida a casos en los que la expectativa de pena no supere los 5 años.
El Congreso Nacional había sancionado las modificaciones al Código Penal sobre los procedimientos abreviados, elevando la expectativa de pena a 12 años, lo que habilitaría a que homicidas e incluso abusadores de niños puedan ser beneficiados con la medida, según alertó la abogada, ex fiscala y diputada Rocío Vallejo.
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La diputada había manifestado la semana pasada, en la sesión de Diputados, que se habla de expectativa de pena, es decir, lo que se espera aplicar por ese hecho punible, y que incluso un caso de homicidio, aunque tenga un marco legal de cinco a 20 años, puede tener una expectativa de pena de 12 años, como también los casos de abuso de menores sin coito, cuyas penas van de cuatro a 15 años.
Con las modificaciones se podría beneficiar también a delitos de cuello blanco o corrupción pública, según alertó la legisladora.
El procedimiento puede ser aplicado solo hasta la audiencia preliminar, mediante un pacto entre el Ministerio Público y la defensa del acusado.
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“En el proceso abreviado, es un pacto entre el Ministerio Público y la Defensa, sin que se someta al grado de análisis de reproche del autor que se da de manera amplia en los casos graves”, expuso la diputada.
Finalmente, alertó que también que se viola el principio de inocencia del imputado, ya que en todos los casos el procesado debe realizar ante el juez un relato circunstanciado y completo de su participación en los hechos señalados.
Según las intenciones del proyecto, se buscaba agilizar las causas y descomprimir el trabajo del Ministerio Público, además de que el 75% de las personas privadas de libertad no tienen condena.