El régimen vip de la jubilación de los parlamentarios fue establecido a través de la Ley 2857/06 y establece que los legisladores pueden jubilarse a los 55 años con hasta solo un periodo de mandato, o sea 5 años, donde cobra luego G. 9.832.452 (30%) y si se cumplieron tres periodos (80%) G. 26.219.872.
“Estas personas no tienen por qué jubilarse de un cargo electivo, es como decir que si fuiste ministro o presidente de la República por un periodo (es lo que se puede ahora), tendría derecho también a una jubilación privilegiada. Ellos cambian las leyes a su favor como les place. El ente que emite las reglas y no tiene quién le controle o le dicte las mismas, siempre será corrupto”, señaló Martín Morínigo, uno de los comentarios a la información traída por ÚH. “Ganan 18 salarios mínimos, mientras el 40% de la población que logra obtener algún trabajo no supera el millón de guaraníes en sus ingresos”, dice Waldo Fernández.