05 feb. 2025

El MIC dio dos explicaciones sobre qué son productos con procesos incipientes

En febrero, el Ministerio de Industria y Comercio (MIC) respondió al Ministerio de Hacienda una nota explicando qué son las industrias de procesos incipientes.

mic.JPG

Este es uno de los principales argumentos de la cartera a cargo de Lea Giménez para descalificar a las empresas aludidas en el fallo de la Corte Suprema.

El MIC respondió a una consulta hecha por el Ministerio de Hacienda en enero, luego de que la Corte haya fallado a favor de las empresas en diciembre del 2017.

En dicha nota se solicitó al MIC “confirmar si el aceite de soja en bruto, incluso desgomado, se trata de un bien industrial de procesamiento básico o primario”.

En ese momento, se analizó la consulta bajo tres premisas. En primer lugar, el enfoque semántico, el cual indica que “se entiende por incipiente ‘que empieza’, en ese sentido, esta industria podría considerarse ya madura, pues sus métodos de producción ya han sido modificados e innovados suficientemente en las últimas décadas”.

El segundo argumento fue el nivel de procesamiento, el cual es “relativamente sofisticado”, por lo tanto “el proceso no podría considerarse básico, pues exige un grado relativamente complejo en el proceso de producción”, explica el MIC en la nota.

El último argumento fue una explicación de la Organización de las Naciones Unidas para el Desarrollo Industrial (Onudi), la cual indica que “el procesamiento de la soja no lo consideramos como sector primario (o agrícola) sino secundario (o industrial)”.

La conclusión indica que “resulta difícil determinar el carácter incipiente, primario o básico de esta actividad”.

El decreto que se dio a conocer ayer se fundamenta en otra nota, emitida en mayo, donde se da otra explicación que en la nota de febrero.

“El Ministerio de Hacienda, vía nota MH N° 618 del 26 de abril de 2018, ha solicitado opinión técnica con relación a la etapa del proceso de industrialización”, indica el decreto dado a conocer ayer.

Luego cita la respuesta del MIC como parte de sus argumentos: “Resulta obvio que el proceso de obtención del aceite bruto de soja y similares, como la harina y el pellets, son consecuencia del llamado Proceso de Crushing o primer proceso de elaboración y a partir de ahí se realizan refinamientos para obtención de otros productos de uso industrial”. Con esta explicación, en el decreto se afirma luego que se trata de productos de industrialización “básica o primaria”.