La Corte Suprema sancionó a los abogados Guillermo Ferreiro y Vicente Morales, defensores de los campesinos de Curuguaty. Ex defensores, porque dejaron de serlo el 27 de julio de 2015, pero se los sanciona como si todavía lo fueran, como si retardaran la marcha de la Justicia, como pretende el sumario iniciado contra ellos el 27 de junio de 2014. Un sumario de ese tipo debe durar tres meses y, sin embargo, ha durado más de tres años. Por eso la resolución de la Corte me recuerda al muerto que se asusta del degollado. Habiendo dilatado el proceso más allá de lo autorizado por la ley, ese alto tribunal, como dijo un político, “se rasca las vestiduras”.
La historia es algo más complicada porque, de golpe y porrazo, se saca de la congeladora el sumario que había estado paralizado casi tres años y se sanciona a los dos abogados. ¿Se trata del actual tiempo político? Todo es posible. Pero veamos las acusaciones contra Ferreiro y Morales, a quienes se les acusó de haber presentado “innumerables incidentes” y de perderlos todos, solamente para dilatar el proceso. “Innumerables” no corresponde a una acusación seria, donde se debe decir exactamente cuántos incidentes. El sumario confunde incidente y recurso, dos cosas diferentes, pero no importa. Uno de aquellos incidentes y/o recursos maliciosos fue haber pedido la excarcelación de campesinas que estaban embarazadas y presas, como correspondía. Otro fue la recusación del juez Dolores Benítez; don Dolores se apartó del caso y lo reemplazó la jueza Janine Ríos. ¿Qué tenía de malo?
Otra chicana, presuntamente, fue pedir la suspensión de la audiencia preliminar fijada para el 3 de junio de 2013, que se suspendió a pedido del fiscal Jalil Rachid, según consta en el expediente judicial, tomo X, foja 1833: “A los efectos de dar mayor seguridad jurídica y garantía al proceso entendemos que la audiencia preliminar no puede llevarse a cabo, ya que existe un recurso pendiente”. Esto lo dijo Rachid con fundamento, porque realizar la audiencia hubiera sido una violación abierta de la ley. Otra barrabasada de Ferreiro y Morales fue la cuestión de la prejudicialidad: Antes de constatarse a quién pertenecía Marina Cué, no se podía decir que pertenecía a Riquelme, como decía el juez penal. La cuestión todavía no está resuelta en el fuero civil, pero ya hay personas condenadas por invadir la “propiedad de Riquelme”.
Curiosamente, el sumario dice que, por culpa de Ferreiro y de Morales, no se pudo realizar la audiencia previa y llevar la causa a juicio oral y público. La audiencia comenzó el 15 de junio de 2013 y terminó el 9 de octubre de 2013. El juicio prosiguió, los campesinos de Curuguaty fueron condenados el 11 de julio de 2016. El recurso de casación, presentado hace cinco meses, y que debe resolverse en un mes por ley, aún no ha sido tratado por la Corte.