Después de la larga y sanguinaria dictadura que se extendió por 35 años, el Paraguay inauguró con su Constitución Nacional en 1992, entre otras figuras e instituciones, la del defensor del Pueblo.
El artículo 276 de la Carta Magna señala que sus funciones son tres fundamentalmente: la defensa de los derechos humanos, la canalización de reclamos populares y la protección de los intereses comunitarios.
Lamentablemente, en los últimos 30 años se ha ido desdibujando la importancia de este cargo, sus funciones y la relevancia del funcionario que se encuentre en el cargo. El foco central de eso se encuentra indudablemente en el hecho de que la Defensoría se convirtió en nada más que otra moneda de cambio, en un cargo más que fue secuestrado por el cuoteo de nuestra rancia y mediocre clase política que mueve los hilos en el Congreso Nacional.
Lo verdaderamente deplorable es que en las últimas tres décadas en realidad el pueblo paraguayo nunca ha tenido quien lo defienda.
Recientemente han salido a la luz pública una serie de denuncias que involucran al actual defensor del pueblo, Miguel Godoy. Según publicaciones de este diario, una funcionaria teme por su vida y la de su familia luego de haber denunciado al defensor del Pueblo, tras haber realizado la denuncia ante el Senado, la misma incluso fue degradada de un cargo de jefatura.
En la denuncia se informaba de que aparentemente, Godoy obligaba a una funcionaria a trabajar como doméstica en su casa y también le ordenaba buscar una empleada “con altos estándares” para cumplir con los servicios domésticos. Sobre la denuncia, el defensor del Pueblo dijo que la denunciante es una funcionaria conflictiva y que su malestar con su administración radica en que descontrató a una cuñada suya.
Días después, la abogada especialista en Derechos Humanos, Diana Vargas, presentó una denuncia penal contra el defensor del Pueblo. En la misma sostiene que Miguel Godoy cobró compulsivamente a unos 4.000 objetores de conciencia, desde el 2019, sin estar habilitado legalmente para hacerlo. El hecho punible por el cual se presenta la denuncia es por exacción, cuya expectativa de pena establecida en el Código Penal es de hasta 10 años de cárcel.
De acuerdo con la denuncia, el defensor del Pueblo “ha hecho una interpretación antojadiza del artículo 21 de la Ley 4013/10, “que reglamenta la objeción de conciencia, con el único fin de recaudar ilegalmente”. Señala asimismo que este se aprovechó del desconocimiento y la desesperación de personas que deben presentar el certificado de objetor para acceder a un puesto de trabajo y otras gestiones. La abogada sostiene también que, incluso durante la pandemia, el mismo se dedicó a recaudar en colonias menonitas y en el presente año comunicó a empresas que sus empleados debían presentar el carné de objetor en caso de no haber realizado el servicio militar obligatorio (SMO) y la supuesta obligación de abonar una contribución.
Godoy alega por su parte que estos pagos se basaron en la ley.
El país necesita funcionarios preparados y capaces, funcionarios comprometidos que sepan honrar la dignidad del cargo y no, como hasta ahora, que se muevan en sus oficinas como si estuvieran en sus seccionales coloradas.
Finalmente, se debe recalcar que el Parlamento Nacional no puede eludir su responsabilidad en la elección del defensor. Hoy, ante las denuncias, hablan de hacer un juicio político a Miguel Godoy. La respuesta que esperamos es que, cuando elijan al siguiente sean más rigurosos, porque eso es lo que se merece el pueblo paraguayo.