De cara a las próximas elecciones 2023, el Tribunal Superior de Justicia Electoral (TSJE) detalló que los delitos y prohibiciones electorales, tanto para antes como después de la jornada electoral, están contemplados en el Código Electoral y en el Código Penal, junto con sus respectivas penas.
En ese sentido, lo primero que se menciona es que está prohibido ejercer violencia sobre los electores para que no voten o lo hagan en un sentido determinado, así como no se permite exigir violar el voto secreto. Esto está establecido en el artículo 319 del Código Electoral, que establece una pena de 300 jornales mínimos para quien incumpla.
Seguidamente, también está prohibido y está penado votar más de una vez en la misma elección y quien infrinja esta norma se expone a tener que pagar una multa de 200 jornales mínimos, cerca de G. 20 millones, según el artículo 323 del Código Electoral.
La misma normativa, pero en su artículo 317, dispone una multa de 300 jornales mínimos, alrededor de G. 29.400.000 como pena para quien viole gravemente las formalidades para constituir una Mesa Receptora de Voto o cause conflictos durante la jornada eleccionaria o durante el escrutinio.
Además, dicho articulado establece que un miembro de mesa puede ser multado con hasta 300 jornales mínimos si admite que un elector vote en una mesa cuyo nombre no figure en el padrón o permitirle que participe en dos o más ocasiones.
En tanto, los artículos 321 y 322 del Código Electoral determinan que cualquier persona que retenga los documentos o cédulas de identidad de uno o varios electores o impida la entrada de votantes, apoderados o veedores a los locales de votación será multada con 300 jornales mínimos.
La normativa también menciona un plazo determinado con relación a la venta de bebidas alcohólicas. Esto estará prohibido desde las 19:00 del sábado 29 de abril hasta dos horas después de culminar la jornada de elecciones, es decir, a partir de las 18:00 del domingo.
También está prohibida la realización de espectáculos públicos hasta dos horas después de finalizar la jornada electoral.
El artículo 335 del Código Electoral establece que los comerciantes que vendan bebidas alcohólicas desde doce horas antes del inicio del acto eleccionario y durante el día de los comicios tendrán que abonar una multa de 50 a 200 jornales mínimos.
Durante el día D, los paraguayos también tendrán prohibido portar armas de fuego, así como no está permitido que las organizaciones políticas instalen mesas de consultas; ambos hechos en un radio inferior a doscientos metros de los locales de votación.
Mientras tanto, el artículo 329 de la Ley 834/1996 establece una sanción de 500 jornales mínimos, cerca de G. 49 millones, en caso de realizar propaganda electoral fuera del plazo establecido en los medios de comunicación social. Para estas elecciones 2023, el cronograma electoral abarca desde el martes 18 hasta el próximo jueves 27 de abril.
Penas ya con cárcel
El siguiente hecho que consiste en un delito electoral, pero que incluso podría implicar la cárcel, es impedir o perturbar una elección o buscar acceder al resultado con violencia o amenaza de violencia. Esto puede ser sancionado con una pena de cinco años de pena privativa de libertad o multa, según el artículo 275 del Código Penal.
Dicha legislación, pero en sus articulados 276 y 278, establece la misma pena de cinco años de cárcel para quien acuda a votar sin estar habilitado, para quien falsee el resultado o a quien coaccione a otro elector para votar en un sentido determinado o bajo fuerza, presión económica, o abuso de relación de dependencia profesional.
Asimismo, el Código Penal señala en su artículo 280 que un ciudadano puede ser penado con cinco años de prisión o multa si ofrece, promete u otorga algún tipo de beneficio o dádiva para que un elector no ejerza el voto.
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De acuerdo con lo que expresaron representantes del TSJE, el ejercicio de la acción penal con relación a cada uno de los hechos señalados es competencia del Ministerio Público.
Para denunciar cada caso, los ciudadanos que constaten el incumplimiento de dichas normativas pueden acercarse a cualquier sede de la Fiscalía o a la Policía Nacional.
Durante el día de las elecciones, los agentes policiales tendrán la facultad para actuar de oficio, según lo que dispone el Código Procesal Penal.
Más sobre las elecciones 2023
Los próximos comicios del 30 de abril serán nacionales y departamentales, por lo que se elegirán cinco candidaturas: para presidente y vicepresidente de la República, senadores, diputados, gobernadores y juntas departamentales.
Para estas elecciones, 4.782.940 electores están habilitados para acceder al voto, para lo cual se establecieron 1.140 locales de votación en el país, con 12.171 mesas receptoras, y 17 locales en el exterior, distribuidos en Argentina, Brasil y Estados Unidos, con 88 mesas en total.
De acuerdo con lo que aseguró el Tribunal Superior de Justicia Electoral, 12.259 máquinas de votación serán establecidas el día D, además de otras de contingencia, y ninguna puede ser hackeada, ya que no requieren de internet y no guardan ninguna información.
Así se usa la máquina de votación
Para que los electores puedan practicar este mismo proceso, pero ya con las fotografías y listas de candidatos, el TSJE habilitó el simulador oficial, que está disponible ingresando aquí.