Esta medida busca cumplir con las exigencias del mercado, las nuevas tecnologías automotrices y la sostenibilidad ambiental. Las gasolineras tienen 60 días para adecuarse a las nuevas condiciones, según lo expone el decreto.
MODIFICACIONES. Entre los principales cambios que estipula el nuevo decreto, figura la recategorización de las gasolinas comercializadas, que ahora estarán identificadas como RON 88 (Rojo), 93 (Amarillo), 97 (Azul) y 98 (Verde);
Por otro lado, se establece la reducción del contenido de Mtbe (Éter Metil Tert-Butílico) al 1% v/v; la disminución del contenido de azufre a un máximo de 100 ppm en promedio.
Igualmente, se introduce el monitoreo del manganeso, con un valor máximo en forma de trazas de 1,0 mg/L, “logrando con esto un combustible de gran calidad para los usuarios y amigable con el medioambiente”, menciona el documento.
CLARIDAD. Asimismo, el decreto establece la prohibición de ofertas, publicidad o comercialización de productos con denominación que incluya numeraciones que no reflejen con exactitud el octanaje de la gasolina que se está comercializando. Esto se da con el objetivo de garantizar la transparencia y la veracidad de la información suministrada a los consumidores sobre el octanaje de la gasolina que adquieren dichos combustibles.
MESA. Las nuevas disposiciones surgen como resultado de una Mesa Técnica conformada por la Subsecretaría de Comercio y Servicios, del Ministerio de Industria y Comercio (MIC), e integrada por representantes de Petropar, empresas distribuidoras privadas, la Asociación de Propietarios y Operarios de Estaciones de Servicios y Afines (Apesa).
Asimismo, tuvieron participación la Cámara de Distribuidores de Automotores y Maquinarias (Cadam), el Ministerio del Ambiente y Desarrollo Sostenible (Mades), la Secretaría de Defensa del Consumidor y el Usuario (Sedeco), así como especialistas del Instituto Nacional de Tecnología, Normalización y Metrología (INTN) y laboratorios privados.