25 abr. 2025

Erico Galeano irá a juicio oral, pero excluyen pruebas del caso Tío Rico

Tribunal de Apelación confirma la resolución del juez Osmar Legal que elevó el caso a juicio oral. Ahora, deberán sortear el Tribunal de Sentencia que juzgará el caso, salvo que sea recurrida.

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A juicio oral. Erico Galeano junto con sus abogados, durante la audiencia preliminar.

archivo

El senador colorado cartista Erico Galeano Segovia afrontará juicio oral por lavado de activos y asociación criminal. Esto, luego de que el Tribunal de Apelación Especializado, ratificara la resolución del juez de Crimen Organizado, Osmar Legal.

Con voto dividido, los camaristas Arnaldo Fleitas, Arnulfo Arias y Bibiana Benítez, resolvieron el recurso planteado por los abogados Cristóbal Cáceres Frutos, Víctor Dante Gulino y Álvaro Cáceres, todos defensores del legislador.

Admitieron parcialmente la exclusión de las pruebas del caso A Ultranza Paraguay, tales como la acusación fiscal contra Miguel Ángel Insfrán, alias Tío Rico, de 357 páginas, y la acusación contra los demás procesados, de 495 páginas.

Además, se excluyeron las resoluciones fiscales correspondientes al caso de Ángel María Cuevas y otros sobre la frustración de la persecución y ejecución penal, que también habían sido ofrecidos como pruebas. Consideraron que no eran evidencias.

Los defensores habían recurrido tres puntos de la resolución. Por un lado, el rechazo del sobreseimiento definitivo, ya que entendían que no existía hecho punible con respecto a la venta del inmueble en el condominio Aqua Village de Altos.

Asimismo, el rechazo de la nulidad de la acusación por deficiencias de forma, porque no tenía que ver con los cargos acusados.

Finalmente, la exclusión de las copias simples que no eran evidencias; y de las acusaciones del caso A Ultranza Paraguay y del caso de Ángel Cuevas, que nada tenían que ver con el caso, a más de que la acusación era solo un pedido de las partes y no constituyen prueba en una causa.

El camarista Arnaldo Fleitas señaló que, con respecto al sobreseimiento definitivo, ellos solo podían estudiar este recurso cuando el juez lo admitiera y rechazara la elevación a juicio oral, lo que en este caso no se dio.

Sobre la nulidad de la acusación remarcó que no se violan las garantías constitucionales del acusado, a más de que esta es un pedido del agente fiscal, y solo pueden ser anuladas las resoluciones judiciales.

Respecto a la exclusión de pruebas, Fleitas sostuvo que el hecho de que sean copias simples de documentos no son un obstáculo para que sean admitidos en el proceso. Estos deben ser valorados por el Tribunal de Sentencia.

EXCLUSIÓN. Sin embargo, Fleitas señala que con respecto a las acusaciones del caso A Ultranza Paraguay y las resoluciones fiscales carecen de “entidad suficiente para probar hechos controvertidos en la presente causa, ya que se limitan a ser peticiones o actuaciones de una de las partes en el proceso...”

Agrega que las mismas “no aportan la virtualidad necesaria para contribuir al esclarecimiento de la verdad. Su naturaleza meramente procesal no permite que se les atribuya la relevancia necesaria para esclarecer los hechos acusados, lo que remarca la importancia de elevar a juicio pruebas sustantivas y pertinentes que realmente sean útiles para el Tribunal de Sentencia”.

Con ello, vota por excluir estas pruebas del proceso. La camarista Bibiana Benítez se adhirió al voto.

No obstante, el camarista Arnulfo Arias votó por ratificar en todos sus puntos la resolución del pasado 18 de julio del juez Osmar Legal.

Dice que “cercenar las pruebas antes de ser evaluadas en el juicio limitará la iniciativa fiscal en su intención de acreditar su teoría del caso. Aun así los elementos de juicio que la defensa pretenden excluir podrán ser ofrecidas nuevamente en la audiencia principal y estarán sujetos a una valoración de acuerdo a la relevancia que puedan tener para sostener la hipótesis fiscal”.

Ahora, si no existe algún recurso o acción de inconstitucionalidad contra el fallo, el caso pasará al Juzgado de Osmar Legal, que deberá sortear un Tribunal de Sentencia Especializado para realizar el juicio oral.

El senador Galeano continúa en funciones como legislador, desde la imputación. Primero tuvo arresto domiciliario y luego libertad.

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Empresa. Local de Mercury Tabacos SA, empresa de Erico Galeano investigada por la DNIT y la Fiscalía.

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