Sin embargo, necesidades operativas o en ciertos casos la premura de remoción de obstáculos legales que se requieren para el eficaz funcionamiento de la empresa se recurren a las notas reversales, que son documentos abreviados de intercambios diplomáticos entre las partes condóminas, estos versan sobre puntos específicos y con procesos de formalidad similar a la anterior, luego estas disposiciones tienen igualmente fuerza de tratado internacional y se consideran adendas a la carta magna original.
Con lo antecedido, estamos en condiciones de analizar la actualidad tarifaria de la binacional, términos como; transición, repase o equivalente, deberán formalizarse oportunamente sin antes seguir resolviendo de manera consuetudinaria o sin reglas claras, justamente la falta de acuerdo de partes generó con o sin razón la toma de decisiones unilaterales de los aliados con respecto a un punto neurálgico, definición de la tarifa del producto de Itaipú, la Aneel, ente regulador del sector eléctrico del vecino país y, que no es socia ni parte reconocida de la estructura comercial de la binacional (sí, ANDE y ENBPar) informó en fecha 09.12.23 a la comercializadora ENBPy (representante legal ante Itaipú de la alta parte brasileña) de la decisión de establecer un valor de repase o de transferencia del producto de Itaipú de 17,66 USD/Kwmes con vigencia a partir del 01.01.2024, “mientras se aguarda” la definición de la aplicación del Anexo C y la aprobación de la tarifa periodo 2024 en directorio ejecutivo y el consejo de administración de la binacional Itaipú.
No pretendo sonar dramático, pero en el caso del establecimiento de la tarifa es la aplicación matemática del Anexo C del tratado de Itaipú, son dos periodos seguidos que no es cumplida la implementación en tiempo de las disposiciones que definen el precio del producto de la entidad, en conclusión, se requieren regularizar, actualizar y formalizar por las altas partes contratantes las disposiciones del Anexo C, componente del tratado de Itaipú, se evidencia cierta falta de eficacia jurídica en su aplicación últimamente.
En la práctica actual el directorio y el consejo de administración de Itaipú se reunirán en algún momento del 2024 para resolver la aplicación del Anexo C para establecer el valor efectivo de la tarifa para el 2024, sin embargo, ya existe un hecho consumado de 17,66 USD/Kwmes, precio que no proviene oficialmente de los órganos competentes de la empresa.
A mi entender el acuerdo tarifario tiene un componente altamente político estratégico, el desafío para la estructura de la dirección general de la Itaipú Binacional bajo el comando del Ing. Justo Zacarías es sensible, la articulación con miembros paraguayos del consejo de administración es otro reto, la mediación eficaz y efectiva con el equipo de confianza del presidente Econ. Santiago Peña es también significativa, fundamental será una amena coincidencia de intereses con la colectividad brasileña, se trata del emprendimiento hidrogenerador limpia y renovable más grande del mundo, va mi impulso positivo para lo que se viene.