El proyecto de ley “que modifica el artículo 67 del Código Penal Paraguayo”, que contempla una devolución premiada.
De acuerdo con el proyectista, su iniciativa buscaba incorporar al ordenamiento jurídico penal la figura de la devolución premiada, con la finalidad de recuperar bienes patrimoniales despojados por funcionarios públicos.
Así, la figura de la devolución premiada consiste en un acuerdo alcanzado con el investigado o procesado por la comisión de un hecho punible en el que, a cambio de la devolución, pueda obtener la rebaja de la pena.
De manera textual la iniciativa dice: “... hechos punibles contra el erario público cometidos por funcionarios, la pena podrá ser atenuada hasta el 50% del marco penal máximo, en caso de que la persona devuelva el dinero”.
Cabe señalar que el proyecto que iba a instalar un antecedente negativo y abonar más el terreno para casos de corrupción no prosperó.
El Senado rechazó por unanimidad la iniciativa de Esgaib.
Además de que el proyecto tenía errores de técnica legislativa también buscaba superponerse a la legislación ya existente para los casos en que un encausado busque una vía amistosa o abreviada a un delito determinado.