María Selva Morínigo, finalmente, se beneficiará con el arresto domiciliario, tras pasar unos días en la cárcel de mujeres el Buen Pastor. Ingresó al penal el pasado 21 de agosto.
El Tribunal de Apelaciones, integrado por los jueces Pedro Mayor Martínez, Gustavo Santander y Bibiana Benítez, revocó la prisión preventiva que pesaba sobre la esposa del ex fiscal general del Estado Javier Díaz Verón.
Además, se dispuso un control aleatorio; es decir, en cada periodo de tiempo, los agentes de la Policía Nacional pasarán a verificar la vivienda de Morínigo y, de no estar presente, volverá a prisión.
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Fue el juez Penal de Garantías José Agustín Delmás, quien dispuso que la mujer sea trasladada hasta la penitenciaría porque consideraba que existía riesgo de fuga. Con la nueva medida, la esposa del ex fiscal general deberá salir de inmediato del Buen Pastor.
Por su parte, la defensa de Morínigo, el abogado Mario Elizeche, explicó que se fijó una audiencia este martes para la aceptación de las medidas.
María Selva Morínigo se presentó el martes pasado en la Comisaría 14 y fue derivada hasta la sede del Ministerio Público, donde se abstuvo de declarar.
En un principio, el Ministerio Público solicitó la prisión preventiva; pero luego de la presentación del recurso de apelación por parte de la defensa de Morínigo, la fiscala del caso, Carmen Gubetich, se allanó en un primer término.
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En una segunda comunicación dirigida a los miembros del Tribunal de Apelación, la Fiscalía confirmó su pedido de arresto domiciliario para María Selva Morínigo, bajo el argumento de que la hija de la mujer está con problemas de salud.
Para el Ministerio Público, Morínigo no pudo justificar el origen de unos G. 991.548.265, monto que data de los años 2013, 2014 y 2016.
Además, durante el período 2013-2017, la misma depositó en el sistema financiero la suma de G. 1.625.674.188, monto que superaría los ingresos legales.
Tribunal consideró que la prisión preventiva era excesiva
El juez Pedro Mayor Martínez comentó a NoticiasPy que para revocar la medida de prisión preventiva el Tribunal de Apelación estudió tres puntos. “Lo que hemos observado es el requerimiento del Ministerio Público que se ha rectificado de su posición inicial, en su pedido de prisión preventiva”, sostuvo.
El camarista mencionó que la conducta de María Selva Morínigo ayudó a que se levante la medida. “En segundo punto, es la conducta de la procesada. Por haber dado cumplimiento a una convocatoria judicial, donde se estudiaría el caso: la aplicación de una medida cautelar. No consideramos que ella haya estado reacia al fallo judicial por lo que voluntariamente se ha puesto a disposición de la Magistratura”, argumentó.
Además, no consideran que la procesada pueda fugarse ya que no cuenta con dinero. “Entre otro de los fundamentos que hemos visto, el Ministerio Público en coordinación con la Magistratura, ha sido el eficiente bloqueo de cuentas y del embargos de bienes de los imputados. Por lo que sumado a la requisición del Ministerio Público, con la conducta procesal de la imputada nos lleva a considerar que la prisión preventiva es excesiva para controlar la sujeción del proceso”, agregó.
El magistrado comentó que no es indispensable la prisión preventiva. “Como la defensa había también solicitado el arresto domiciliario y la Fiscalía también coincidió, en esta audiencia, con un arresto domiciliario, hemos visto que la misma medida es razonable. No es indispensable, en este caso, la prisión preventiva para controlar los mismos fines”, indicó
Consultado si se tomaría la misma disposición en el caso del ex fiscal General, Francisco Javier Díaz Verón, Martínez explicó que, según trascendió, el documento fue remitido a otra juzgado de Garantías.