La defensa del ex intendente solicitó la revisión de medidas de su defendido, pero el pedido fue rechazado por el Tribunal integrado por los magistrados Elsa García, Matías Garcete y Adriana Planás.
Sobre la resolución, la jueza argumentó que “en primer lugar, estamos ante un hecho punible que es considerado un hecho de corrupción pública y existen suficientes elementos sobre la existencia de este hecho, conforme a un acta de imputación y un auto de apertura a juicio y se hace necesaria la presencia del imputado, hecho suficiente para sostener razonablemente que es autor del hecho punible o partícipe en el mismo y también existe peligro de fuga y peligro de obstrucción de la investigación”.
Según la imputación, el ex jefe comunal omitió presentar ante la Junta Municipal la rendición de cuentas de la ejecución presupuestaria correspondiente al ejercicio fiscal 2013, así como también ante la Contraloría General.