Los numerosos casos de nepotismo que tienen lugar en ambas Cámaras del Congreso y que involucran a los presidentes de los dos cuerpos legislativos deben ser investigados por la Fiscalía, según el ex senador colorado, Hugo Estigarribia, porque representan violaciones a artículos constitucionales y a la ley antinepotismo. Pero además, dice del también abogado y docente universitario, ya debería haber movilizado a los legisladores opositores para pedir la pérdida de investidura de sus colegas que incurrieron en los hechos punibles de nepotismo, tráfico de influencia y uso indebido de influencia.
Estos casos de nepotismo violan la Constitución Nacional, en sus artículos 47 y 101 y los artículos 2 y 3 de la ley que prohíbe el nepotismo, explica. “El impacto en la ciudadanía es enorme, indigna, porque al ciudadano común le cuesta mucho sobrevivir, porque no tiene igualdad de oportunidades para concursar y acceder a la función pública. Algo que sí tienen los hijos de ciertos políticos, aun no teniendo siquiera una formación universitaria para desempeñar los cargos”, afirma.
La primera violación es la falta al principio de igualdad, resalta. Muchas personas que son idóneas no son convocadas a concursar para estos cargos, y otras, por ser hijos o tener algún grado de parentesco con los legisladores, son contratados directamente. “Así configuran además el hecho de la violación de la ley antinepotismo”.
Pero también está el artículo constitucional sobre el de uso indebido de influencias, debidamente comprobado, que es causal de pérdida de investidura de los legisladores que pidieron los nombramientos de sus hijos, y de aquellas autoridades que nombraron a estos. Tal situación del presidente de la Cámara de Diputados, Raúl Latorre, y del presidente del Senado, Silvio Ovelar.
“Ovelar hizo uso indebido de su influencia para el nombramiento de su hijo en la otra Cámara”, resalta.
Agrega el tráfico de influencia, otro delito tipificado que debe ser investigado como un hecho delictivo con pena de cárcel.
“La ciudadanía se siente burlada por sus representantes, a los que eligió para cumplir una función de representación, de la mejor manera, conforme a las propuestas electorales que hicieron y a la confianza que el elector depositó en ellos.
Sin embargo, estos señores y señoras, en vez de legislar a favor de la ciudadanía, usan su influencia a favor de su parentela y beneficio económico de sus familias”, describe la situación descubierta.
Este desparpajo con que actúa la representación política genera un gran rechazo que por ahora se ve en las redes sociales y se siente en el ánimo ciudadano. Por ahora no hay una protesta masiva, porque vinieron las fiestas de fin de año y la ciudadanía está en otras cosas , dice.
Pero estos hechos que ocurren en el Parlamento “van sumando gotas al vaso”, como el tratamiento apresurado de la ley de jubilaciones y la aprobación de la ley de devolución premiada de Esgaib. Son desmanes de la clase política que irritan y pueden desbordar en cualquier momento el vaso, advierte.
Transgresiones
Art. 47 Constitución El Estado garantizará a todos los habitantes de la República la igualdad para el acceso a las funciones públicas no electivas, sin más requisitos que la idoneidad.
Art. 101 Constitución ...Todos los paraguayos tienen el derecho a ocupar funciones y empleos públicos...
Ley N° 5295. Que prohíbe el nepotismo. a una larga lista de funcionarios enumerados en el art. 2. Estos no pueden nombrar o contratar en cargos públicos a cónyuges, concubinos y parientes comprendidos hasta el 4° grado de consanguinidad o 2° de afinidad.