Aclaró que solamente opina técnicamente sobre lo que se debería investigar en cuanto a cumplimiento impositivo en lo que se refiere a Tributación a base de las informaciones divulgadas.
El Gobierno, a través de Aduanas, la Secretaría Anticorrupción (Senac) y Seprelad, denunció que hay tres facturas de la carga de cigarrillos de Tabesa que fue llevado a Aruba como exportación por la aeronave iraní-venezolana de la empresa Emtrasur y que generó la alerta regional por la presencia en la tripulación de iraníes presuntamente vinculados al terrorismo internacional.
En su análisis, Ruoti sostuvo que cuando existen lo que técnicamente se llama inconsistencias por falta de coincidencia en los datos, “la SET, ante cualquier tipo de contribuyente sea exportador o importador, tiene que abrir un sumario para investigar los hechos y verificar lo que está bajo su potestad”.

Dijo que, en este orden, si se trata de una exportación corresponde ver el monto recibido y lo que se ha declarado en Impuesto a la Renta. “Si mi exportación dice que se recibió una determinada cantidad por el producto, lo que la SET debe mostrar independientemente a la facturación, es cuanto es lo que ingresó conforme al banco”.
Añadió que como es exportación no está sujeto al pago de IVA, pero sí tuvo que haber sido declarado en el Impuesto a la Renta de ese año. “Entonces ahí es donde la SET debe investigar que lo expuesto en la declaración jurada del impuesto coincide con la operación realizada. Si no coincide y si la mentira lo hace el representante legal de la empresa, para determinar si configura o no un delito que puede ser de evasión de impuestos”, puntualizó.
Señaló que a Tributación le corresponde pedir un informe a todos los bancos con que trabaja y opera esa empresa. Sobre el punto, señaló que se trata del control de pago del impuesto a la ganancia por ese dinero proveniente de la exportación. Puntualizó que también se debe ver si la empresa ese año decidió capitalizar o distribuir los dividendos y utilidades.