Santiago Leguizamón fue asesinado por sicarios en la fronteriza ciudad de Pedro Juan Caballero, el mediodía del 26 de abril de 1991, cuando se dirigía a celebrar el Día del Periodista, tras concluir su jornada matutina en Radio Mburucuyá. Su muerte se consideró en aquel momento como un claro mensaje de la mafia al periodismo. Leguizamón era corresponsal del Diario Noticias, propietario de la Radio Mburucuyá y director de Mburucuyá Revista. Fue corresponsal de los diarios Última Hora y ABC Color, y del Canal 13. Era conocido por sus reportajes sobre corrupción, contrabando, narcotráfico y lavado de dinero. Antes de su muerte había recibido amenazas, hasta que finalmente fue emboscado y acribillado de 21 tiros por sicarios al mando de sobrinos de Fahd Jamil Georges, procesado en Brasil.
De acuerdo con la resolución de la Corte Interamericana de Derechos Humanos, el Estado paraguayo violó los derechos a la vida, a la libertad de pensamiento y expresión de Santiago Leguizamón; además, los derechos a las garantías y protección judicial, a más de la integridad personal de la viuda y los hijos.
“La Corte encuentra que el homicidio del señor Leguizamón Zaván tuvo un impacto individual en su derecho a la libertad de expresión, en cuanto le impidió seguir ejerciendo su labor periodística, relacionada con la denuncia de asuntos de gran interés público”; y añade que el homicidio y la impunidad en que permanece tienen un impacto en el derecho a la libertad de expresión en su faceta colectiva, en tanto produjo un efecto amedrentador o intimidatorio en otros periodistas.
La Corte determinó que el crimen “imponía al Estado obligaciones específicas en relación con la debida diligencia en la investigación, juzgamiento y sanción de los responsables, de acuerdo con las cuales debía encaminar sus recursos para que el lugar de ocurrencia del crimen no contribuyera a la impunidad. Sin embargo, el Estado no adoptó ninguna medida específica”. Respecto al derecho a la integridad síquica y moral de los familiares directos, señala que la viuda y los hijos padecieron sufrimientos adicionales por la impunidad.
En cuanto a la reparación, se contempla una indemnización a la familia, asignar un fondo no inferior a USD 250.000 para la Mesa de Seguridad para Periodistas e impulsar la aprobación de la Ley de Protección a Periodistas. Así también la Corte ordena se realice un acto público de reconocimiento de la responsabilidad internacional por los hechos, y la reinstauración del Premio Santiago Leguizamón para periodistas, y preservar los lugares destinados a la memoria en Asunción y Pedro Juan Caballero.
Además del fallo, se debe valorar que el actual Gobierno reconoció que las acusaciones sostenidas por la familia, de que el Estado paraguayo no investigó el caso para encontrar y castigar a los asesinos, son ciertas.
La impunidad, devenida por una Justicia cómplice, muestra hasta nuestros días sus nefastos efectos y consecuencias. Al no haber una apropiada investigación del crimen, ni justicia por Santiago, y al no haber protección alguna por parte del Estado ni garantía alguna, a los periodistas se les hace difícil continuar con sus investigaciones. Y, cuando no hay una prensa libre, terminan ganando la mafia, el narcotráfico y el crimen organizado. En el Paraguay, y según los datos del Sindicato de Periodistas del Paraguay, se registran 20 casos de asesinatos de periodistas, de ellos solo uno tiene sentencia y hay tres condenados.
Las medidas de protección y prevención son muy necesarias y deben ser implementadas por el Estado, y esto no se trata de un privilegio. Se debe tener en cuenta que sin un periodismo independiente no puede haber democracia.