La ministra de Turismo, Angie Duarte, informó a través de su red social X, que la Resolución 871/24 es el resultado de un trabajo interinstitucional entre el Ministerio de Salud y la Dirección Nacional de Migraciones, que establece la obligatoriedad de presentar el certificado internacional de vacunación contra la fiebre amarilla en formato físico o digital.
El certificado debe ser presentado por los extranjeros provenientes de zonas de riesgos, como Bolivia (Santa Cruz), Brasil (Amazonas, Minas Gerais, São Paulo, Río Grande do Sul y Roraima), Colombia (Caquetá, Huila, Nariño, Putumayo, Vaupés y Tolima), Guayana (Boa Vista y Siparuni) y de Perú (Huánuco, Junín, Madre de Dios, San Martín y Ucayali).
Además de los paraguayos y extranjeros residentes que viajen a zonas de riesgo o regresen de ellas.
En conjunto con @msaludpy, @MigracionesPY, y @Senatur_Py, anunciamos una Nueva Normativa de Vacunación contra la Fiebre Amarilla ✈️💉
— Angie Duarte (@AngieDuartePy) December 28, 2024
Desde el 27 de diciembre de 2024, se implementan actualizaciones sobre la vacunación para viajeros ✅
Todo ciudadano que provenga de zonas de… pic.twitter.com/fSt0YeIETr
Excepciones
Personas con contraindicaciones médicas para recibir la vacuna deberán presentar su situación a través de un certificado expedido por un profesional médico o por la autoridad sanitaria del país de origen.
Menores de 1 año y mayores de 59 años
Disponer que todo ciudadano paraguayo o extranjero con radicación permanente en el país, que provenga de una zona de riesgo y no posea certificado internacional de vacunación contra la fiebre amarilla, su ingreso al país estará a cargo de las autoridades competentes y será sometido a control sanitario por un periodo de seis días, a partir de su ingreso.
No podrán ingresar al país los extranjeros no residentes que no posean el certificado y los que tengan el certificado, pero no cumplan aún los diez días de haberse vacunado.
Las zonas de riesgo se actualizan según la alerta epidemiológica de OPS/OMS.