La Comisión Nacional de Juegos de Azar (Conajzar) emitió este jueves la resolución 24/2022, con la cual finalmente decidió dejar sin efecto el contrato establecido entre la institución y la empresa Icrop, en atención a la Ley 6903, que regula la explotación de las máquinas tragamonedas y establece medidas de protección a los menores de edad ante la influencia de dichas maquinarias.
Asimismo, la normativa establece que los municipios serán las autoridades de aplicación para la habilitación de las máquinas, así como para el control de las mismas, en coordinación con la Conajzar.
Sin embargo, esto se contraponía a la resolución que aún seguía vigente, la resolución 34 del 3 de diciembre de 2020, con la cual se otorgaba la autorización a Icrop como única empresa autorizada para la nueva modalidad de explotación del juego de azar con tragamonedas.
El Poder Ejecutivo había promulgado la ley de regulación de los juegos de azar el pasado 21 de abril, pero desde ese entonces la Conajzar no se había pronunciado respecto al contrato con la firma.
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La Ley 6903 también especifica la prohibición de la instalación del juego electrónico en lugares públicos con presencia de niños, citando mercado, despensa, peluquería, sala de internet, farmacia, hamburguesería, y en todo negocio o comercio que no se dedique específicamente al rubro de los juegos de azar o casino.
Dicha medida tiene como fin que los menores de edad no sufran posibles daños que puedan alterar o afectar su salud física o moral.
Por otra parte, en cuanto a las sanciones, cada municipio deberá imponer multas. Por cada máquina será de un salario mínimo legal vigente, mientras que en caso de reincidencia el monto debe ser multiplicado.