27 dic. 2024

Fiscalía pide la pena de 15 años de prisión para RGD por lavado y usura

Además, se solicitó un comiso especial hasta cubrir la suma de G. 216.160.795.503. Para el hijo de Ramón, Fernando González Karjallo, se pidió la pena de 7 años y 5 meses de cárcel.

Con la presencia del agregado de Justicia de la Embajada de los Estados Unidos, Brian Skaret, y de la fiscala general del Estado, Sandra Quiñónez, la Fiscalía solicitó ayer la pena privativa de libertad de 15 años para Ramón González Daher por los hechos punibles de usura, lavado de dinero y denuncia falsa.

Mientras que para el hijo de Ramón, Fernando González Karjallo, solicitó la pena de 7 años y 5 meses de prisión por los mismos delitos. También se pidió un comiso especial de G. 216.160.795.503 y mantener las medidas cautelares sobre algunos inmuebles y sus cuentas bancarias.

Otra vez no pasó desapercibida la presencia del diplomático estadounidense, tal como en el juicio del hermano de Ramón, el difunto ex legislador Óscar González Daher y su hijo Óscar González Chaves, por los hechos punibles de enriquecimiento, declaración falsa y lavado de dinero.

El pedido de las penas para el ex dirigente luqueño y su hijo se realizó luego de que el agente fiscal anticorrupción Osmar Legal leyera los alegatos finales, en el que resalta que “la teoría aprobada por la Fiscalía es de que Ramón González Daher se dedicaba a la concesión de préstamos a terceras personas con intereses mayores a lo establecidos legalmente, aprovechándose de la necesidad de sus víctimas, solicitando garantías desproporcionadas y utilizando para dichos fines cheques y otros documentos de pago, que luego fueron introducidos al sistema financiero, siendo esta la principal actividad comercial de los acusados”.

En ese sentido, el fiscal explicó que quedó acreditado durante el proceso que la fortuna amasada por Ramón González Daher y su hijo “provinieron de los préstamos que otorgaron y no de la renta de inmuebles”, tal como lo declaraban ante la Subsecretaría de Estado de Tributación (SET) y las entidades bancarias donde contaba cuentas corrientes.

apriete y doble cobro. “Por otra parte, quedó más que evidenciado que Ramón, posterior a obtener garantías de pagos por parte de sus víctimas, años siguientes los agobiaba, los perseguía, los hostigaba y sofocaba, hasta obtener mayores beneficios a los ya obtenidos”, argumentó el fiscal, respecto al modus operandi de apriete y doble cobro utilizado por el prestamista luqueño, utilizando a la Justicia para sus intereses.

“Quedó más que plasmada que, no contento con lo obtenido por el señor Ramón, denunciaba falsamente por supuestos hechos de estafas a todos aquellos que acudían a su casa u oficina en busca de préstamos, estableciendo así un modus operandi para la persecución de sus fines y de esta manera quedó demostrada que las víctimas entraban en un laberinto del cual no podrían salir, logrando el despojo de sus patrimonios”.