En el documento ya se establecen algunas condiciones como: La tasa de interés con la cual la AFD prestará los recursos a las cooperativas y casas de crédito –con las cuales se pretende llegar a las empresas–, la tasa máxima del crédito para el prestatario final, el periodo de gracia y el plazo.
En ese sentido, el presidente de la AFD, José Maciel, comentó a Última Hora que los recursos del fideicomiso serán prestados a cooperativas y casas de crédito a una tasa de interés de solo 0,5%, sobre la cual estas entidades podrán agregar un margen de hasta 5% para conceder el crédito al consumidor final. Es así que los créditos que otorgarán las cooperativas y casas de crédito no podrán superar una tasa de interés anual del 5,5%.
En cuanto al periodo de gracia y plazo, Maciel comentó que en el contrato se fija que el crédito final debe ser ofrecido con un periodo de gracia mínimo de 1 año (después de un año el cliente deberá empezar a pagar la cuota de su préstamo) y un plazo de hasta 60 cuotas (5 años).
Asimismo se establece que los recursos del fideicomiso deberán ser destinados a nuevas líneas de créditos y no para refinanciación; para capital de trabajo y/o pago de salarios, señaló el titular de la Agencia Financiera de Desarrollo.
Información. Maciel comentó que actualmente se encuentran en el proceso de recabar informaciones sobre unas 27 cooperativas que hoy aún no trabajan con la AFD (17 de Tipo A y 10 de Tipo B) y 9 casas de crédito, de las más grandes en el país, con las cuales se pretende trabajar para hacer llegar la plata del fideicomiso a las empresas y personas afectadas por la paralización de actividades, a causa de la cuarentena establecida para controlar el contagio del virus en el país.
“Tenemos un procedimiento que usamos en la AFD para evaluar a nuestras IFI (Instituciones Financieras Intermediarias), y el mismo procedimiento vamos a usar para el fideicomiso, tal vez no tan estricto, pero de entrada vamos a usar esa política y procedimiento para evaluar a las cooperativas y casas de crédito, y con base en esta evaluación darles una calificación y habilitarlas para operar con el fideicomiso”, dijo. Indicó que, en el caso de las casas de crédito, se tendrán en cuenta a aquellas que estén calificadas por una calificadora de riesgo, y que tengan grado de inversión o cuenten con un capital mayor a G. 25.000 millones.