“Más allá de una cuestión comercial, se trata de seguridad física y protección ambiental”. Así describe la doctora Laura Flores, especialista en salud ambiental, a la necesidad de que las estaciones de servicio sean instaladas con una distancia prudencial de otra ya existente.
La Corte Suprema de Justicia otorgó a la Cámara de Distribuidoras Paraguayas de Combustibles (Cadipac) una medida cautelar que deja sin efecto el artículo 10 de la Ordenanza 7/11 de Asunción, que establece que las nuevas gasolineras no podrán ubicarse dentro de un radio menor a 1.000 metros de otro del mismo rubro.
Dentro de este proceso, Flores consideró que las autoridades deben tener en cuenta la Resolución Nº 435/19 sobre la construcción y operación de estaciones de servicios, gasolineras y puestos de consumo elaborado por el Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible (Mades) y que es de alcance nacional.
Entre la serie de requisitos figura la distancia mínima también de 1.000 metros de otro local del rubro. Además de 100 metros radiales de centros de concentración masiva, planta de almacenamiento de gas licuado de petróleo y a 30 metros de tanques de almacenamiento con respecto a líneas de alta tensión, vías férreas y ductos que transporten productos derivados del petróleo.

Ante posibles derrames u otra contaminación, Flores indicó necesario tomar todas las precauciones para evitar emisiones al aire, suelo y sobre todo a la napa freática, donde investigadores de la UNA habían encontrado presencia de aditivo de combustible.
Comuna. La Junta Municipal de Asunción había encomendado, tras la medida cautelar, suspender la aprobación de planos de construcción de nuevas estaciones de servicios. También presentaron una modificación de la ordenanza para que quede sin efecto el artículo en cuestión, reduciendo la distancia a 900 metros. Pero ambos fueron vetados por la Intendencia.
El asesor jurídico del Municipio, Benito Alejandro Torres, dijo que no se puede suspender arbitrariamente la tramitación de un expediente administrativo porque es un derecho constitucional. Sobre la ordenanza sostuvo que fue por cuestionamientos de contenido técnico y desde lo jurídico que: “no se puede entrar en simulación hasta que no se resuelva lo de la Corte”.
Recordó que solicitaron una intervención como tercero coadyuvante ya que consideran que se viola la autonomía municipal.
Varios concejales cuestionaron los vetos. “Percibimos que hay una coincidencia con quienes plantearon la acción de inconstitucionalidad, entre ellos el ex presidente Horacio Cartes, quien apoya la candidatura del intendente Óscar Nenecho Rodríguez”, señaló el edil Federico Franco Troche.