El decreto estará vigente hasta el próximo 12 de abril y establece que todos los habitantes solo podrán desplazarse de 05.00 a 23.59, salvo las excepciones establecidas en el documento, en el marco de la pandemia del coronavirus (Covid-19).
Asimismo, señala que los comercios esenciales podrán operar 24 horas, mientras que los no esenciales hasta las 23.59, respetando el distanciamiento físico y llevando un agendamiento previo con nombre, apellido, cédula y domicilio.
Los locales gastronómicos podrán seguir operando hasta las 00.00, con reserva de mesa y con un máximo de hasta cuatro personas por mesa.
Los servicios de delivery podrán operar las 24 horas, pero las bebidas alcohólicas solo podrán ser comercializadas y distribuidas de 05.00 a 23.59.
Las estaciones de servicios, como también puentes, líneas marítimas, transporte de carga, servicios fúnebres, de hospedaje, vigilancia, limpieza, podrán operar las 24 horas.
Entre tanto, también se habilita el retorno seguro a instituciones educativas para el desarrollo de las clases en la modalidad virtual o semipresencial.
Los eventos sociales se llevarán a cabo dentro del horario establecido y con un máximo de 100 personas, en tanto que los encuentros particulares deberán realizarse con un máximo de hasta 12 personas.
Se permite la actividad física en espacios al aire libre hasta cuatro personas, como también las clases en academias, gimnasios y polideportivos, garantizando cuatro metros de distancia entre personas.
Los actos de culto se realizarán con hasta 75 personas en espacios cerrados y hasta 100 en espacios abiertos.