El comunicado, replicado por la Cámara Paraguaya de Supermercados (Capasu), en sus redes sociales, hace referencia a la suspensión de los efectos del artículo 187 de la Ley 836/80 “Código Sanitario” de Paraguay, así como de los artículos 4 y 5 del Decreto 1635/1999 y su normativa complementaria.
“Desde Alas reiteramos nuestro firme compromiso con el respeto a la legalidad, la ética empresarial, la transparencia y la competencia leal, pilares indispensables para garantizar tanto la protección de la salud pública como la consolidación de un comercio justo y sostenible entre nuestros países”, reza el comunicado.
Asimismo, menciona que los registros sanitarios, establecidos por los ministerios de Salud de cada nación, son herramientas técnicas y normativas que protegen a la población, aseguran la trazabilidad de los productos y promueven la confianza de los consumidores.
“Cualquier excepción a su aplicación debe ser tratada con rigor jurídico y sanitario, evitando precedentes que puedan debilitar los marcos institucionales o generar asimetrías en el comercio”, resaltan.
firmeza. Alas hace un llamado respetuoso y firme a las autoridades judiciales, sanitarias y comerciales de Paraguay a revisar con prudencia y transparencia este tipo de decisiones, buscando siempre que prime el interés general, el cumplimiento normativo y el fortalecimiento del ecosistema empresarial formal.
“Invitamos a todos los actores del sistema institucional a sostener un diálogo abierto que permita encontrar soluciones dentro del marco jurídico vigente, evitando afectar la reputación del país, su marca nacional y las condiciones de confianza necesarias para atraer inversión extranjera directa”, resalta el gremio.