La Sala Constitucional de la Corte Suprema de Justicia —integrada por César Diesel, Gustavo Santander y Víctor Ríos— suspendió el artículo 187 de la ley 836/80 del Código Sanitario, así como los artículos 4 y 5 del decreto 1635/1999 de las reglamentaciones pertinentes, permitiendo que la empresa LA Business SA importe alimentos y bebidas sin los registros sanitarios correspondientes.
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En ese sentido, indicaron que los registros sanitarios son otorgados luego de un análisis de calidad e inocuidad de los productos alimenticios y de la verificación de los requisitos de transporte y almacenamiento e los mismos. “Vale decir, que son fundamentales para la seguridad y protección de la salud de la población”, argumentaron varios gremios.
Asimismo, señalaron que las exigencias establecidas por el Ministerio de Salud son obligatorias y son acatadas por todas las empresas fabricantes e importadoras de bebidas y alimentos formales del país.
“El otorgamiento de este tipo de medidas que permiten franquear el cumplimiento de la exigencia del Registro Sanitario a determinadas empresas, justamente por el Órgano que debería custodiar la Constitución Nacional, no sólo pone en riesgo la salud de la población paraguaya, sino que además destruye las instituciones, quiebra la confianza en el sistema democrático del Paraguay y en consecuencia, perjudica la ya afectada economía de nuestro país”, cuestionaron varios gremios empresariales.
No permitiremos las medidas judiciales que arriesgan la salud pública, debilitan a una nación y deterioran la confianza en las inversiones serias!!! pic.twitter.com/jqO2PfFamE
— CIP (@Ciporg_Official) March 4, 2024
Entre tanto, remarcaron que lo más preocupante es que la CSJ viene otorgando este tipo de medidas hace un tiempo, en diferentes rubros, como lo es el del registro sanitario para cosméticos y perfumes.
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“Tal es el caso de las medidas cautelares otorgadas a Taskin SRL, Gafa SA, Arimpar SA, Gravity SA, Brisas del Paraná SA, GGG Import, Pro Confort Paraguay, Vargos SA, Bambu INC SA, Michigan SA, Vancouver SA, La Roma SRL, Real Service Import y Bega Import Export, entre otras. A algunas de éstas, incluso, permiten importar con simples notas que invocan acciones de inconstitucionalidad que ya no se encuentran vigentes hace casi de diez años”, criticaron.
Entre tanto, afirmaron que esta conducta de la Corte Suprema de Justicia hace presumir que nada obsta a que en cualquier momento se otorguen medidas cautelares que permita a la empresa de turno importar productos de rubros aún más sensibles como medicamentos, productos químicos o equipos de diagnósticos médicos y de tratamientos sin control alguno.
“Insistimos, una vez más, en que la CSJ debe rever su postura y debe erigirse en un verdadero custodio del cumplimiento de la Constitución Nacional y de las normas en general y no violentar el orden jurídico. Manifestamos rotundamente nuestra oposición a estas resoluciones que habilitan prácticas comerciales contrarias a la salud pública y al orden jurídico de la República”, expresaron.
De igual manera, manifestaron que no pueden quedarse con los brazos cruzados cuando la ilicitud judicial arremete contra la salud moral y física de los paraguayos.
“El Registro Sanitario se estableció para salvaguarda de los derechos de los consumidores y no para que jueces autoricen la importación de productos que no tienen la calidad garantizada”, apuntaron.
El gremio de empresarios solicitó a las autoridades nacionales no permitir que las medidas sin fundamentos primen sobre la salud de la población.
Además, instó a la CSJ que resuelva en la brevedad esta cuestión jurídica y las que arbitrariamente se otorgaron en beneficio de esquemas comerciales, que evitan el cumplimiento de normas sanitarias expedidas por la autoridad competente, como son el Inan y la Dinavisa, rechazando rotundamente las acciones de inconstitucionalidad promovidas por empresas y que no se vuelvan a otorgar más medidas que menoscaben el sistema sanitario del país.
Finalmente, exigieron que las autoridades nacionales pongan su máximo empeño en dar cumplimiento a los controles y exigencias establecidas en el Código Sanitario y en sus reglamentaciones.
La nota la firman diferentes gremios de empresas, como Capro, Capasu, Capime, Caimpeco, CABE, Cripfa, Cappem, AICP, Asociación de Avicultores del Paraguay, Apesa, Capainlac, Caedhpa, Capaclor, Capaba, Cepali y la CAP.